Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA A, 25 de Marzo de 2015, expediente CIV 077112/2012

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “FEDERACION DE INSTITUCIONES COMUNITARIAS DE FLORES C/ MARTINEZ LUIS ALBERTO Y OTROS S/

DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO” (J.H.)

EXPTE. N° 77.112/2012 -J. 72-

RELACIÓN N° 077112/2012/CA001.-

Buenos Aires, marzo de 2015.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos con motivo del recurso articulado por los demandados contra el decisorio de fs. 73/74, en cuanto desestima la excepción de falta de legitimación activa y hace lugar a la demanda de desalojo.-

  2. Liminarmente, es oportuno recordar que la legitimación activa supone la aptitud para estar en juicio como parte actora, a fin de lograr una sentencia sobre el fondo o mérito del asunto, que puede ser favorable o desfavorable (conf. C., "Instituciones de Derecho Procesal Civil", Tº I, pag. 264, cit. por Fenochietto-Arazi, "Código Procesal Civil y Comercial de la Nación comentado y concordado, Tº

    2, pag. 211, comentario al art. 347; C.. esta S., 8/3/990, L.L. 1990-E-35).-

    Es sabido que la acción de desalojo se confiere no sólo al propietario sino también al condómino, al locatario principal, al usufructuario, al usuario, al poseedor, al comodante y, en general, a quienes tengan derecho al uso, goce o disfrute del inmueble. Es que esta acción no está reservada sólo al propietario de la Fecha de firma: 25/03/2015 Firmado por: JUECES DE CAMARA cosa ocupada, sino a todo aquel que tenga en su beneficio el derecho a obtener el recupero del inmueble (CNCiv., esta S., R. n˚ 362.548, del 11/11/02; idem., id., R. 248.115 del 16/6/98, entre otros).-

    Desde esta óptica, la legitimación de la actora se encuentra corroborada con el contrato celebrado y reconocido por los demandados, mediante el cual estos últimos recibieron la tenencia del inmueble objeto del desahucio.-

    Conforme a lo expuesto, lógico es concluir que quien entregó el inmueble a los accionados sea quien inste su devolución atento el vencimiento del plazo contractual.-

    Los demandados insisten en el memorial en alegar el vencimiento del convenio de colaboración celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la actora; sin embargo, se advierte que la mera agregación de una copia simple de una impresión obtenida en internet no resulta...

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