Fedele Ricardo Andres S/ Quiebra

Fecha de la disposición29 de Abril de 2010

Secretaria, la sindicatura, los martilleros y los oferentes. Si existiera paridad en el precio ofertado se les invitará a mejorarlas no pudiendo ser inferiores al 5% de la ultima oferta. Aclárese que en la audiencia fijada para la apertura de mejoras de oferta, la puja se producirá en el caso de haber paridad con la oferta primigenia o resultar que la mayor mejora de oferta efectuada supere la misma. Las ofertas deberán cumplimentar los siguientes requisitos: Personas físicas: todos los datos de identificación personal, tales como sus nombres completos, el de los padres, tipo y nro. De documento de identidad, estado civil, profesión, domicilio real y procesal a todos los efectos de su presentación, su número de CUIT e indicación de los impuestos en los cuales se hallare inscripto. Personas de existencia ideal: el presentante debe acreditar la existencia de sociedad y su personería con los siguientes documentos: a) contrato social o estatuto, según fuere el tipo social, b) acta de reunión de socios o acta de asamblea y de directorio, según el tipo social de la que resultare la facultad del compareciente para representar a la sociedad y formular la oferta. Toda la documentación debe presentarse en fotocopias certificadas por escribano público nacional de esta jurisdicción o bien legalizada su firma por el Colegio Provincial respectivo. Para el caso de tratarse de documentación en idioma extranjero, deberá acompañarse su traducción efectuada por traductor Público Nacional, con las respectivas legalizaciones. Apoderados: cuando un oferente presente su propuesta por medio de mandatario, deberá acompañarse el instrumento en el cual conste el otorgamiento del respectivo poder. En ningún caso se admitirá la intervención y/o presentación de propuestas de quienes invoquen la calidad de comisionistas o gestor de negocios de un tercero. En caso de interesados residentes en el exterior deberán acreditar su personería mediante instrumentos debidamente legalizados por las autoridades argentinas competentes. El oferente deberá acompañar a la oferta la garantía de mantenimiento de oferta equivalente a un mes del canon locativo ofertado, el que deberá ser depositado en cuenta abierta a nombre de autos y a la orden del Suscripto en el Banco de la Ciudad de Bs. As., Sucursal Tribunales. Exhibición: 6 y 7 de Mayo de 2010 de 15 a 17 hs. Se solicita la publicación con carácter de urgente.

Adriana Bravo, secretaria.

e. 28/04/2010 N° 44665/10 v. 29/04/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría Nº 36, sito en M.T.

de Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha 31 de marzo de 2010 se ha decretado la quiebra a Dome Constructora S.R.L.

Inscripta en la IGJ con fecha 28.08.2003 bajo el Nº 7498, Lº 118, CUIT: 30-70847767-9 con domicilio en Juramento 2853 1º 'A' de Capital Federal, intimándose a los acreedores que deberan presentar hasta el 8 de julio de 2010 a la Síndica Mariana Alicia Nadales con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 1349 piso 4º 'B', de la Capital Federal, sus pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico objeto de desapoderamiento; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 86 de la ley concursal; entregue al sindico sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48,00 horas, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de V.S. en los autos caratulados 'Dome Constructora SRL s/Quiebra', en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 14 de abril de 2010.

Adriana Bravo, secretaria.

e. 23/04/2010 Nº 40638/10 v. 29/04/2010 N° 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19, a cargo del Dr. Gerardo D.

Santicchia, Secretaría N° 38, a cargo de la Dra.

Adriana Patricia Cirulli, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, comunica por cinco días, que con fecha 5 de abril de 2010 se decretó la quiebra de Astrisky Deniel Leonardo,

DNI: 11842514, con domicilio en Helguera 2176,

C.A.B.A., en los autos caratulados Astrisky Daniel Leonardo Pedido de Quiebra por Moreyra Pedro Alberto, Expte. N° 50698, en la cual se designó síndico al Contador Marta Susana Guillemi con domicilio en la calle Corrientes 1585, 5to.

piso, Oficina '18', ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 27/05/2010. El síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 12/07/2010 y 07/09/2010 respectivamente. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.

Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód. Proc.

Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco días. Fdo:

Gerardo D. Santicchia. Juez.

Buenos Aires, 19 de abril de 2010.

Adriana Patricia Cirulli, secretaria.

e. 28/04/2010 N° 42830/10 v. 04/05/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19, a cargo del Dr. Gerardo D.

Santicchia, Secretaría N° 38, a cargo de la Dra.

Adriana Patricia Cirulli, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, comunica por cinco días, que con fecha 10 de marzo de 2010 se decretó la quiebra de Four Seasons S.A.,

CUIT: 30-65121234-7, con domicilio en Avenida Santa Fe 969, 4to. Piso, C.A.B.A., en los autos caratulados Four Seasons S.A. Pedido de Quiebra por Obra Social de los Empleados de Comercio y Activ. Civ., Expte. N° 47918, en la cual se fijaron nuevas fechas para el período informativo, habiéndose designado síndico al Contador Mario Gabriel Sogari, DNI: 12727394 con domicilio en la calle Montevideo 708, 5to.

Piso, Dto. 25, ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 02/06/2010. El síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 02/08/2010 y 14/09/2010 respectivamente. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.

Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc..

Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco días. Fdo:

Gerardo D. Santicchia. Juez.

Buenos Aires, 20 de abril de 2010.

Adriana Patricia Cirulli, secretaria.

e. 28/04/2010 N° 42823/10 v. 04/05/2010 N° 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20 a cargo del Dr. Eduardo E.

Malde Secretaría Nº 39 a mi cargo, en los autos caratulados Andina Claudio Alejandro s/Quiebra hace saber que con fecha 19/03/2010 se decretó la quiebra de Claudio Alejandro Andina CUIT Nro.

23-17041272-9 y que hasta el día...

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