Fe de Erratas 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Mayo de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVII - Nº 99
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 21 DE MAYO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º El presente Decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ÁNGEL MARIO ELETTORE, MINIS-
TRO DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE OBRAS PúBLICAS
Resolución N° 164
Córdoba, 18 de mayo de 2021
Expediente N° 0045-023147/2021.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Director de la Dirección de
Vialidad, propicia se disponga la incorporación en el Plan de Inversión de
Obras Públicas para el Ejercicio Presupuestario Año 2021, de la obra: “RE-
HABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL Nº 30 – TRAMO: ACHIRAS - LIMITE
CON SAN LUIS y RUTA PROVINCIAL Nº 11 – TRAMO: UCACHA – CHA-
ZÓN Y CONSERVACIÓN DE RUTAS ALEDAÑAS”, en el marco del artículo
31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los fines de incorporar en el
referido Plan, la obra que se describe en la nota incorporada en autos,
atento que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año
2021 no fue individualizada, en razón de haber surgido la necesidad de
su ejecución con posterioridad a la fecha de elaboración del antepro-
yecto del Plan de Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio
presupuestario, solicitando además que la obra de que se trata sea
afectada presupuestariamente en forma total en los años 2021 y 2022
, en razón del plazo de ejecución.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio ex-
presa en autos, que la obra solicitada deberá ser individualizada en el Plan
de Obras del Ejercicio Presupuestario - Año 2021, en el “Programa 528”,
incorporando Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos e informando
que los mismos serán compensados con los créditos asignados a la juris-
dicción de este Ministerio. Asimismo, aclara que los programas presupues-
tarios involucrados poseen una obra nominada “Obras de Emergencias e
Imprevistas sin Discriminar”.
Que obra Dictamen N° 200/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las constancias
agregadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº
9086 y artículo 2º del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema Integrado
de Administración Financiera aprobado por el artículo 1º de la Resolución
Nº 3/2018 de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de
Finanzas, puede dictarse el acto administrativo conforme lo propiciado en
autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
200/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS
PÚBLICAS - AÑO 2021 – “Programa 528” de la obra: “REHABILITACIÓN
RUTA PROVINCIAL Nº 30 – TRAMO: ACHIRAS - LIMITE CON SAN LUIS y
RUTA PROVINCIAL Nº 11 – TRAMO: UCACHA – CHAZÓN Y CONSERVA-
CIÓN DE RUTAS ALEDAÑAS”, conforme planilla que como ANEXO I com-
puesto de una (1) foja, se acompaña y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección General de Administración de este Mi-
nisterio, dese intervención a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e
Inversiones Públicas y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PúBLICOS
FE DE ERRATA
Se hace saber que en la edición del Boletín Ocial N° 95 del día 17 de
mayo de 2021 primera sección, Resolución N° 13/2021 de la Secretaría
de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas, por error se publicó en
forma incompleta el anexo correspondiente, siendo el correcto y completo
el siguiente enlace ANEXO, dejando salvado de esta manera, dicho error .

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