Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 26 de Marzo de 2021, expediente COM 021439/2018/CA001

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B

21439/2018 - FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. c/ ACOSTA, VICTOR

DANIEL s/SECUESTRO PRENDARIO

Juzgado N° 29 - Secretaría N° 58

Buenos Aires, 25 de marzo de 2021.

Y VISTOS:

  1. La actora apeló la providencia de fs. 52, que declaró de oficio la caducidad de la instancia. Su memorial corre a fs. 54.

  2. Se trata la presente de una demanda de secuestro prendario y su iniciación originó la apertura de una instancia que generó actos procesales tendientes a la obtención de la finalidad perseguida.

    La existencia de litigio no es consustancial al concepto de instancia, como parece entenderlo el apelante (confr. Palacio, Lino “Derecho Procesal Civil”, T. IV, p. 220, Buenos Aires, 1972) y en la medida que en el caso transcurrió holgadamente el plazo del art. 310, inc. 2° del Cpr. desde el último acto impulsorio del 26.12.19 (v. fs. 33) hasta la declaración respectiva del 03.02.21, fue bien decretada la caducidad (CNCom., esta S., in re,

    Citibank N.A. c/ Seren, H.R. s/ secuestro prendario

    , del 27.04.98 y antecedentes allí citados, idem, esta S. in re “Gmac Compañía Financiera SA c/ B., J.E. s/ Secuestro Prendario”, del 01.06.11).

    Esta S. no desconoce las dificultades y demoras que acarrearon las medidas restrictivas dispuestas por el PEN como consecuencia de la pandemia desatada a raíz del COVID-19.

    Sin embargo, ello no es suficiente para receptar el recurso, toda vez que las constancias de la causa dan cuenta que el plazo de caducidad se encuentra cumplido y la apelante, una vez reiniciada la actividad jurisdiccional luego de la feria sanitaria extraordinaria (03.08.20) no efectuó

    ninguna petición tendiente a impulsar el procedimiento.

    Por último, el carácter restrictivo de interpretación de la caducidad de la instancia procede únicamente cuando se verifican situaciones que suscitan margen de duda en cuanto a la objetiva verificación de Fecha de firma: 26/03/2021

    Alta en sistema: 30/03/2021

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional...

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