Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Marzo de 2003, expediente P 63024

PresidenteNegri-Salas-Genoud-Roncoroni-Hitters
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Dictamen de la Procuración General:

M.F. fue condenado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de M., a la pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas, con la declaración de reincidencia, por considerarlo autor de robo agravado por el uso de armas y por tratarse de automotor, privación ilegal de la libertad agravada en concurso ideal, los que a su vez concurren en forma real con el de tenencia de arma de numeración suprimida. En los términos de los arts. 142 inc. 1º, 166 inc. 2º y 289 inc. 4º del Código Penal y art. 38 del Decreto ley 6582/58.

El citado Decreto ley ha sido derogado por la ley 24.721, pudiendo corresponder por ello, la aplicación del art. 2º del Código Penal en el presente caso.

Y habiendo resuelto esa Cor-te (conf. causa P. 55.979, del 20/12/96), a contrario de la doctrina emanada de los fallos P. 32.7945, P. 34.954, e/o, que la aplicación del mentado precepto legal resulta competencia de los tribunales ordinarios, estimo que corresponde devolver estos actuados al tribunal de origen a los fines a que hubiere lugar, sin perjuicio de su eventual posterior regreso a esta sede, si correspondiere.

Tal es mi dictamen.

La P., marzo 10 de 1997 -L.M.N.

A C U E R D O

En la ciudad de La P., a 12 de marzo de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresN., S., G., R., Hitters,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 63.024, “F., M.. Robo agravado por el uso de armas y privación ilegal de la libertad en concurso ideal”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de M. resolvió a fs. 353/356 absolver a M.F. en orden al delito de tenencia de arma con numeración suprimida (por imperio del art. 2º del Código Penal y aplicando la ley 24.721 que suprimió el inc. 4º del art. 289 del precitado Código de fondo) condenándolo a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor responsable de los delitos de robo calificado por su comisión con armas y privación ilegal de la libertad en concurso ideal; con anterioridad fue dictada por la misma Sala la sentencia de fs. 285/87 -por aplicación del art. 2º del Código Penal en función de la derogación del art. 38 del dec. ley 6582/1958 por ley 24721)- por...

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