Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, 10 de Enero de 2013, expediente 892/2012

Fecha de Resolución10 de Enero de 2013

Poder Judicial de la Nación doba, 10 de enero de 2013

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: Incidente de excarcelación a favor de MARTIN, R.P. en autos: PISTOCHE,

P. p.s.a de infracción al artículo 145 bis del C.P”.

(E.. 892/2012) venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de reposición interpuesto por el señor Defensor Público Oficial Ad Hoc en contra del proveído de fs.

26, que textualmente dispone:…..”//doba, 04 de enero de 2013.

Atento la naturaleza de la presente cuestión, donde no se advierte demora injustificada del trámite de la causa penal que habilite la excepción autorizada por el art. 4° del Reglamento para la Justicia Nacional, como asimismo la necesidad de mayor debate para conocer y decidir la cuestión propuesta, no ha lugar a la habilitación de feria judicial solicitada, con noticia al señor F. General ante esta Alzada. N. personalmente o por cédula”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el proveído dictado por el señor Juez de Cámara en Feria Dr. I.M.V.F., que fuera transcripto precedentemente, el señor Defensor Público Oficial Ad Hoc plantea recurso de reposición (fs. 27/28)

    solicitando se revoque el mismo por las razones que expresa y por ende se habilita la feria para el tratamiento del pedido de excarcelación de su defendido.

  2. - La cuestión a resolver tuvo su origen con motivo de la denegatoria del pedido de habilitación de feria judicial para el tratamiento del beneficio de excarcelación a favor de la imputada R.P.M. efectuado por ante esta Instancia y la denegación de dicha habilitación por los fundamentos dados en el proveído ahora impugnado.

    3- El recurrente se agravia por entender que importa un ostensible agravio al derecho de la libertad durante el proceso penal de su asistida por vulneración al plazo razonable para resolver sobre su pretensión liberatoria, máxime si se tiene en cuenta que no tiene antecedentes penales y posee arraigo familiar como se ha esbozado en la presentación inicial.

    Incidente de excarcelación a favor de MARTIN, R.P. en autos:

    PISTOCHE, P. p.s.a de infracción al artículo 145 bis del C.P

    .

    (E.. 892/2012)

    Entiende el recurrente que la habilitación de la feria judicial requiere urgencia en el tratamiento de la cuestión, porque la demora en adoptar las diligencias solicitadas puede tornar ineficientes o cuasar perjuicio a su defendido al posponer el tratamiento y decisión que pudiere corresponder en relación exclusiva al pedido de excarcelación ambulatoria.

    Considera que vulnera el...

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