Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 13 de Noviembre de 2019, expediente CCF 007620/2019/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7620/2019 F.S. H. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 13 de noviembre de 2019.-
VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 34/42 -allí fundado y replicado por el actor a fs. 44/45-
contra la resolución obrante a fs. 24/25 vta.; y CONSIDERANDO:
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Que, en el pronunciamiento cuestionado, el magistrado a cargo hizo lugar a la medida cautelar requerida por el señor S.H.F. y ordenó a OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios -en adelante OSDE- brindar a aquél la cobertura integral de la medicación H.® AC - Adalimumab 40 mg. de acuerdo a lo indicado por el médico que lo atiende para tratar la enfermedad que padece, hidradenitis supurativa.
Para así decidir, el a quo consideró, especialmente, que la cobertura parcial ofrecida por la demandada; los ingresos del actor y sus cargas familiares, podían dificultar el acceso al medicamento objeto de autos, recomendado por el galeno que lo atiende, pudiendo causar un detrimento en su estado de salud (conf. fs. 7; 11 y 21/23).
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Contra la medida precautoria reseñada, se alza la organización emplazada. En sus agravios, esencialmente, sostiene que la resolución resulta arbitraria pues el juez no señaló sobre qué norma se sustenta el decisorio. Expone que, con el pronunciamiento cuestionado, el a quo traslada a su parte la responsabilidad del Estado Nacional como garante del derecho a la salud. Afirma que no se encuentra ni legal ni contractualmente obligada a brindar la prestación reclamada en autos y sin embargo, su parte ofreció al accionante cubrir el 70% del medicamento Adalimumab 40 mg. Manifiesta que, en el caso, no hay verosimilitud en el derecho pues la Resolución Nº 310/04 no incluye el fármaco objeto de autos, en ninguno de los porcentajes que la norma contempla (100%; 70% o 40%)
Fecha de firma: 13/11/2019 Alta en sistema: 19/11/2019 Firmado por: RICARDO
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GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #33943249#249516079#20191112084808880 para el tipo de patología y condiciones que presenta el amparista. Arguye que, a pesar de todas las actualizaciones que tuvo el Programa Médico Obligatorio -en lo sucesivo, PMO- el medicamento objeto de la litis no ha sido incluido para el tratamiento de la hidradenitis supurativa. Sostiene que la medida decretada afecta la seguridad jurídica y señala la finitud de los recursos económicos con los que cuentan las entidades de...
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