Farminvest S.A.

Fecha de disposición02 Junio 2009
Fecha de publicación02 Junio 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31665

El término de elección de los directores es de dos ejercicios, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.'; 'ARTICULO 22º. (a) Presidente y vicepresidentes. En su primera reunión luego de celebrada la Asamblea que designe a los miembros del Directorio, éste designará a un (1) Presidente y a un (1) Vicepresidente Primero de entre los miembros del Directorio elegidos por las acciones Clase A y Clase C y a un (1) Vicepresidente Segundo de entre los miembros del Directorio elegidos por las acciones Clase A. b) Secretario del Directorio: El Directorio designará a un Secretario a propuesta del Presidente. El Secretario asistirá sin voz y sin voto a las reuniones. Tendrá las funciones ejecutivas que el Directorio le instruya, entre ellas, llevar los libros de actas, efectuar las notificaciones y convocatorias a las reuniones de Directorio y Asambleas y emitir las copias certificadas de la documentación emanada del Directorio que se le solicite'; y 'Artículo 25º. (a) Funcionamiento. El Directorio se reúne validamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. A menos que expresamente se establezca una mayoría distinta en la ley o en estos Estatutos, el Directorio adoptará sus resoluciones por mayoría simple de votos presentes y computables. El Vicepresidente Segundo tendrá doble voto en caso de empate en la votación de decisiones no sujetas a las mayorías establecidas en el artículo 25 (b). Si existiera quórum, los Directores ausentes podrán hacerse representar con derecho a voto en las reuniones de directorio o por cualquier otro director, por medio de carta-poder conferida en instrumento público o privado, debiendo hacerse constar esta circunstancia en el acta de directorio respectiva. Los directores así representados no quedan eximidos de la responsabilidad inherente a su cargo. (b) Supermayoría. La aprobación de los asuntos mencionados a continuación deberá contar con el voto favorable de al menos tres (3) directores de la Clase A y dos (2) directores de la Clase C: (i) Con relación a cualesquier documentos de financiamiento (en adelante, 'Documentos de Financiamiento', tal como se define en el artículo 44 de estos Estatutos), la modificación sustancial de sus términos, cualquier curso de acción propuesto para resolver un incumplimiento bajo tal Documento de Financiamiento, o cualquier otro curso de acción o decisión que, si fuere adoptado o tomado, podría implicar una violación a dicho Documento de Financiamiento (excepto cursos de acción necesarios para remediar tal incumplimiento); en el entendimiento que, tales cursos de acción se relacionen con el cumplimiento de compromisos, obligaciones de pago o cualesquiera otras obligaciones establecidas en tales Documentos de Financiamiento que la Sociedad o sus Compañías hayan previamente acordado cumplir (y no requisitos adicionales en sustitución de los términos en ellos acordados); (ii) la aprobación o modificación relevantes, o serie de modificaciones que tomados en conjunto resulten relevantes, de (A) el presupuesto anual operativo de la Sociedad y sus Compañías; (B) el plan de negocios quinquenal de la Sociedad y sus Compañías; (C) el presupuesto de capital anual de la Sociedad (incluyendo cualquier adquisición contemplada) y sus Compañías. Si el Directorio no logra aprobar los términos del presupuesto anual operativo o de capital conforme a las mayorías aquí establecidas, entonces se...

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