FARMACHE BEATRIZ ALICIA c/ ROMANO SILVIA GRACIELA Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Fecha29 Agosto 2018
Número de expedienteCIV 046918/2013
Número de registro213963984

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

46918/2013

FARMACHE BEATRIZ ALICIA c/ ROMANO S.G.

Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, de agosto de 2018.- MLB

AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso interpuesto a fs. 68, contra la resolución de fs. 67

    que declara de oficio operada la caducidad de la instancia. Los agravios se encuentran agregados a fs. 72/74, cuyo traslado no fue respondido.-

  2. El art. 316 del CPCCN establece que la caducidad será declarada de oficio, sin otro trámite que la comprobación del vencimiento de los plazos señalados en el art. 310, pero antes de que cualquiera de las partes impulsare el procedimiento.

    En el caso, desde el dictado de la providencia de fs. 66 (9

    de octubre de 2017) hasta el dictado de la resolución de fs. 67 (13 de marzo de 2018), transcurrió holgadamente el plazo prescripto por el art. 310 inc 2° del CPCCN.

  3. Sin perjuicio de que el art. 84 del Código Procesal,

    en su actual redacción, prevé que el beneficio de litigar sin gastos puede ser promovido "...hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho..." (ver tercer párrafo...

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