Farmaceuticos Argentinos S.A. S/ Quiebra

Fecha de disposición26 Noviembre 2009
Fecha de publicación26 Noviembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31789

Buenos Ares, 16 de noviembre de 2009.

Miguel Enrique Galli, secretario.

e. 23/11/2009 Nº 107836/09 v. 27/11/2009 N° 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3 a cargo del Dr. Jorge S. Sicoli,

Secretaría Nº 5 a cargo de la Dra. María Virginia Villarroel, sito en Callao 635 Piso 6º C.A.B.A., comunica por dos días que en los autos 'Golfo de Vizcaya S.R.L. s/Quiebra (Expte. 88.393)' se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos el que será aprobado si no es objetado dentro de los diez días de la última publicación, y se han regulado honorarios.

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2009.

María Virginia Villarroel, secretaria.

e. 25/11/2009 Nº 109202/09 v. 26/11/2009 N° 5

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nro.5, a cargo del Dr.Fernando M.Durao,

Secretaría Nro.9, a cargo de la Dra.Agustina Diaz Cordero, sito en Diag. Roque Saenz Peña 1211,

P.B., C.A.B.A, hace saber por 5 días la apertura del concurso preventivo de Enrique Alberto Mathieu (CUIT. 20-04514754-2) el 29/10/2009. Síndico: Marta Estela Acuña. Domicilio: Combate de los Pozos 129 1ero. 'C' C.A.B.A. Tel: 4953-5312.

Verificación créditos hasta: 09/02/10. Impugnaciones hasta: 23/02/10, Contestaciones hasta:

09/03/10. Informes Arts. 35 y 39 LCQ, 23/03/10 y 04/05/10, respectivamente. Finalización Período de exclusividad: 26/10/10; Audiencia Informativa art. 45 LCQ: 19/10/10, 10.00 hs. El presente se expide para ser publicado en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2009.

Agustina Díaz Cordero, secretaria.

e. 25/11/2009 Nº 109586/09 v. 01/12/2009 N° 6

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 12, a cargo del Dr. Mariano E. Casanova, sito en Dgnal. Roque Sáenz Peña 1211, piso 2º de Capital Federal;

comunica por cinco días que en los autos 'Farmacéuticos Argentinos S.A. s/Quiebra', expte.

Nº 48558, con fecha 03.08.09 se ha decretado la quiebra de referencia (CUIT Nº 30-663411477), siendo el síndico actuante el Contador Estudio Bejar Sadis, Patin & Asociados, con domicilio en Suipacha 211, piso 6º of. 'A', a donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 05.02.10. Se intima a los terceros y a cuantos tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición del síndico prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes.

En la ciudad de Buenos Aires, a 13 de noviembre de 2009.

Mariano E. Casanova, secretario interino.

e. 23/11/2009 Nº 107979/09 v. 27/11/2009 N° 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 9 a cargo de la Dra. Paula María Hualde, secretaria 18 interinamente a mi cargo, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º de Capital federal, hace saber por cinco días que con fecha 21.10.09 se decretó la quiebra de Carames Susana, inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha DNI 13.212.448, con domicilio en Luzuriaga 1264, Capital Federal. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar al síndico Miguel Angel Drucaroff, con domicilio en Corrientes 2470, Pº 4, dtos 15 y 16, los títulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence el 28.12.09. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 10.03.10 y 23.04.10, respectivamente. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 25.03.10.

La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 15.04.10 a las 11:00 horas. Se intima al fallido y a terceros para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en poder y hácese saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímase al deudor a que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 horas. Intímase al fallido para que cumpla los requisitos a los a los que se refiere el art. 86 L.C y para que dentro de las 48 hs., constituya domicilio procesal en el lugar de...

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