Aviso Oficial Fapisa S.A. Expediente Nº S01.0079853/2006 - Caducidad de Beneficios Promocionales
Fecha de disposición | 03 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 03 Mayo 2007 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31147 |
18, Const. Nac.; y art. 1º, inc. f), Ley Nº 19.549), ya que ello debería determinarse en cada caso concreto, a tenor de las circunstancias acreditadas en el sumario.
Que, por ello, corresponde, también, admitir el reclamo de los impugnantes en este aspecto; y derogar el segundo párrafo del artículo 24 de la Disposición Nº 8/2006.
Que han tomado su competente intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS --por excusación de la totalidad de los miembros del servicio permanente de asesoramiento jurídico de la jurisdicción-- y la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de los artículos 24, inciso a), y 17, de la Ley Nº 19.549.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION DISPONE:
Hacer lugar al reclamo impropio interpuesto, contra la Disposición Nº 8/2006, por los letrados Andrea Cecilia TACCHI, Bernardo CALDERON y María Alejandra GUIDO, respecto del planteo de ilegitimidad esgrimido contra los artículos 18, 19 y 24, segundo párrafo.
Rechazar los reclamos precitados en lo concerniente a la impugnación de la competencia para el dictado de la Disposición Nº 8/2006.
Revócanse por razones de ilegitimidad los artículos 18, 19 y 24, segundo párrafo, de la Disposición Nº 8/2006.
Regístrese; notifíquese a los letrados Andrea Cecilia TACCHI, Bernardo CALDERON y María Alejandra GUIDO; comuníquese a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Lic.
BEATRIZ OLIVEROS, Subsecretaria de Coordinación.
e. 3/5 Nº 544.565 v. 3/5/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE SAN JAVIER San Javier, 23 de Abril de 2007
Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio que en las actuaciones que en cada caso se indican se dispuso el archivo de las mismas en los términos de la Instrucción General 1/98 (D.G.A.). Asimismo, se les intima para que dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos de notificado de la presente, previa acreditación de su calidad de comerciantes (CUIT / MONOTRIBUTO), intervenciones de otros organismos oficiales que pudieren corresponder para la liberación de las mercaderías y el pago de los tributos, retiren o den una destinación permitida...
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