Otro fallo vergonzoso en la causa Larrabure

El deber de investigar sobre cualquier delito se agiganta ante aquellos denominados de lesa humanidad, que plantean, claramente, un deber inequívoco del Estado. La Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en el caso Velásquez Rodríguez que frente a un acto ilegal que viola derechos humanos que no es inicialmente imputable a un Estado, este puede ser responsable no ya por el acto en sí mismo, sino por su falta de diligencia en prevenirlo o en responder a él.Como parte de la comunidad internacional, la Argentina se encuentra obligada por los tratados internacionales, entre ellos las Convenciones de Ginebra de 1949, que prohíben torturar y asesinar a prisioneros de guerra. La querella en la causa que investiga la tortura y el asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure, secuestrado por el ERP en agosto de 1974 durante el ataque a la Fábrica Militar de Villa María y asesinado luego de un infrahumano cautiverio requirió la aplicación expresa de esta norma. Nuestro país también se encuentra obligado a respetar los dictámenes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que, al analizar el ataque del Movimiento Todos por la Patria (MTP) al Regimiento de La Tablada en 1989, en la causa Abella, consideró configurado un conflicto armado interno, que obligó tanto a la organización terrorista como al Ejército argentino a respetar aquellas convenciones, al tiempo que enfatizó que no era necesario que la organización terrorista tuviera control territorial, bastando que tuviera capacidad para librar combate y que, de hecho, lo hiciera.Invocando expresamente este precedente, en la causa Larrabure la querella solicitó que se citara a prestar declaración indagatoria a Juan Arnold Kremer, por aquel entonces miembro del buró político del ERP. Para evitar aplicar ese antecedente, la Cámara Federal de Rosario sostuvo arbitrariamente que en el ataque a la Fábrica Militar de Villa María, a diferencia de lo que ocurrió en La Tablada, el Ejército no había combatido, afirmación dogmática que, al interponer un recurso de casación, la querella rebatió minuciosamente, mediante dos pruebas contundentes. La primera de ellas fue un video titulado "Decididos. El caso de Villa María" (), en el que los terroristas partícipes admiten la intensidad del combate librado cuando intentaron secuestrar al teniente coronel Guardone, entonces director de la fábrica. El segundo elemento probatorio de singular relevancia es el expediente 26-G-1974 del Juzgado...

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