Un fallo suspendió el DNU de Macri que completaba la Corte

Un fallo judicial suspendió ayer el decreto de Mauricio Macri que designó en comisión dos nuevos jueces para la Corte Suprema. La sentencia dispuso que el máximo tribunal "deberá abstenerse" de tomarles juramento.

Se trata de una "medida cautelar interina" firmada por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, en respuesta a la presentación de un particular, Mariano Orbaiceta, militante kirchnerista.

Ramos Padilla sostuvo que la jurisprudencia de la propia Corte impide este tipo de designaciones y consideró que era "abusivo y arbitrario" adoptar el método que eligió Macri para los nombramientos cuando la Constitución y la ley prevén "un procedimiento específico para cubrir las vacantes", sean éstas definitivas o transitorias.

Ramos Padilla es miembro de la agrupación Justicia Legítima y hasta el mes pasado tenía a su cargo, además de su juzgado, otro en Bahía Blanca, que subrogaba por decisión del kirchnerismo, que lo nombró con la mayoría que tenía entonces en el Consejo de la Magistratura. Aquel régimen de subrogancias por el que había sido designado fue declarado inconstitucional por la Corte y Ramos Padilla renunció a esa suplencia de Bahía Blanca.

Ayer, fue el autor del primer pronunciamiento judicial sobre el decreto de Macri que completaba la Corte con Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti. Horas después de conocido el fallo, el Presidente dijo que no sabía si tenía valor y que estaba "absolutamente claro" que su decreto era constitucional (ver aparte).

Ramos Padilla sostuvo lo contrario y ordenó notificar a la Corte de la prohibición de tomar los juramentos. No obstante, no estaba previsto que juraran ahora. El máximo tribunal, después de reunirse con Macri, había postergado la asunción hasta después de la feria judicial.

Ramos Padilla aclaró que su fallo caería si el Senado les diera acuerdo a Rosenkrantz y Rosatti. La falta de ese acuerdo fue el fundamento de la cautelar, que se apoyó en el "estándar jurídico" de la Corte para la designación de jueces. En particular, el fallo "Aparicio". En esa sentencia, el alto tribunal sostuvo -citó Ramos Padilla- que todas las Constituciones "han buscado un correctivo a la facultad peligrosa y corruptora depositada en manos de un solo hombre" de cubrir cargos "de un orden elevado", y no puede obviarse.

Macri fundamentó su decreto en el artículo 99 inciso 19 de la Constitución, que dice que el presidente podrá "llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo...

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