Un fallo reduce las subas a los jubilados que van a la Justicia

Un juez de primera instancia del fuero de la seguridad social se apartó de lo que hasta ahora venía sosteniendo la Justicia en sus respuestas a reclamos referidos al cálculo del haber que cobra una persona apenas se jubila. La nueva decisión implica un cambio del índice de actualización con el cual las sentencias le ordenan al Estado ajustar los valores históricos de los últimos 120 salarios trabajados antes del retiro laboral. Un promedio de esos sueldos se utiliza como parte de la fórmula de cálculo del ingreso jubilatorio. Y, por eso, la manera en que se le da a esos números una actualización incide en el monto del haber. El índice que ahora comienza a usar uno de los juzgados le da en muchos casos a las jubilaciones un valor menor, en comparación con el que podía obtenerse hasta ahora por vía de un litigio y más allá de en qué juzgado recaía la demanda.

La modificación del índice fue decidida por el juez Juan Fantini. Según sus argumentos, lo hizo para alinearse con el plan de reparación histórica aprobado por la ley 27.260. Justamente por cuáles son los índices de actualización establecidos para recalcular el ingreso inicial de quienes ya están jubilados, la aplicación de esa norma hace que en muchos casos se ofrezca el pago de un haber mensual mayor al hoy percibido, pero inferior respecto de lo que podría obtenerse al ir a la Justicia. LA NACION accedió a una sentencia de Fantini con el nuevo criterio, aunque la persona demandante pidió no ser identificada.

El eje del conflicto está en el hecho de que durante varios años no se dio un debido ajuste al valor nominal de los salarios usados en la fórmula (de hecho, el tema se resolvió pero sólo hacia adelante en el tiempo, con la decisión de usar como actualizador el índice de la ley de movilidad que está vigente desde 2009). Y entonces, se produjo una subestimación de las jubilaciones por la fuerte desvalorización que sufrió el peso. Por eso, en 2009 la Corte Suprema ordenó actualizar esos salarios, en su sentencia referida a la demanda del jubilado Alberto Elliff. Allí, los jueces decidieron también qué índice tomar en cuenta: optaron por el llamado ISBIC, que sigue la evolución de salarios básicos de la construcción y la industria.

Ese índice tuvo una evolución, en determinados períodos, muy superior a la del indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que es el elegido por la Anses para el recálculo de haberes en el nuevo plan de...

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