Fallo Nº 14.998

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2007

FALLO Nº 14.998 (Publicación Abreviada)Mendoza, 21 de noviembre de 2007.Visto en el Acuerdo de la fecha el expediente N° 353, Letra "A ", en el que se tramita la rendición de cuentas correspondiente a la gestión administrativo-financiera y patrimonial cumplida por la Contaduría General de la Provincia, Anexo 08, Unidad Organizativa 41 - Area Departamental de Salud Capital durante el ejercicio 2006, del queRESULTA:CONSIDERANDO:…II. Que, con relación a los reparos 3. Falta de facturación de prestaciones y 4. Deficiencias en el cumplimiento de formularios de Consultas Médicas Ambulatorias, se detectaron ciertas deficiencias que originaron la falta de facturación a obras sociales por prestaciones efectuadas. En el primer caso -obs. 3.-, de una muestra de pacientes atendidos comparados con los datos del Padrón de Obras Sociales, se concluye que existieron prestaciones que nunca fueron facturadas a las obras sociales respectivas. La Revisión las detalla en cuadro agregado a fs. 170. En el reparo 4. se indica la existencia de un manual de procedimientos denominado "Manual de Instrucción Formularios de Consultas Médicas Ambulatorias", el que exige el llenado de la planilla "Informe diario de consultorio externo". En éste se agrupan datos referidos al organismo (establecimiento, departamento, fecha, servicio, profesional, etc.) y al paciente (apellido y nombre, historia clínica, obra social, etc). En los casos de pacientes con obra social se procede al llenado de otro formulario denominado "Anexo II". La Revisión, a través de una muestra tomada, detectó que la mayoría de los formularios "Informe diario de consultorio externo" presentan deficiencias en su integración: no se indica el número de documento del paciente, falta de carga del número de la historia clínica - cobertura, no se indica el establecimiento, departamento, servicio, profesional, etc. A fs. 172 se detallan los casos detectados, originando, esta falla en el sistema de control interno, la falta de facturación a obras sociales por prestaciones a sus afiliados. Luego, informa que habiendo analizado las contestaciones aportadas por los responsables, éstos no justifican la falta de cumplimiento del Instructivo del Ministerio de Salud ni la falta de facturación a obras sociales, manteniendo subsistente el reparo. La Secretaría Relatora dictamina en igual sentido. El Tribunal, en virtud de la falta de cumplimiento de lo instruido en el Fallo Nº 14632 del 28/11/2005, en relación al tema en cuestión, y de la...

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