Fallo Nº 16.133

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2013

FALLO Nº 16.133(Publicación Abreviada)Mendoza, 27 de diciembre de 2013.Visto en el Acuerdo de la fecha el Expediente Nº 319, Letra "A", en el que el Consorcio de Gestión del Desarrollo Local rinde cuentas de la gestión administrativo-financiera y patrimonial correspondiente al ejercicio 2012, del queRESULTA:CONSIDERANDO:I. Que, con relación al reparo 1. Deficiente gestión para la obtención de las rendiciones de cuentas documentadas de las Organizaciones Ejecutoras en tiempo y forma, se observó la falta de gestión por parte del organismo para obtener rendiciones pendientes.Según indicó la Revisión, las Organizaciones Ejecutoras tienen, según convenio firmado con el Consorcio, plazo de ejecución de los fondos de cinco (5) meses a partir de la fecha de dicho Convenio, y deben rendir cuentas dentro de los treinta (30) días de finalizado el plazo de ejecución. Del análisis efectuado, se ha detectado que no han rendido y no hay reclamos por escrito del Consorcio a las siguientes entidades que recibieron fondos en el ejercicio 2.011:–Centro deJubilados Floresde Otoño100.000,00–Fundación Cepasdel Bicentenario160.000,00Agrega, que si bien en octubre de 2012 existieron gestiones por el reclamo de rendición, no se obtuvieron las mismas y no se han promovido nuevas acciones para que las Entidades Ejecutoras procedan a presentar las rendiciones.Con fecha 19/11/13 ingresa documentación aportada por los responsables, relacionadaa las rendiciones pendientes.La Secretaría Relatora dictamina que "…no obstante haberse obtenido las rendiciones pendientes de las Entidades (en forma parcial respecto de la Fundación Cepas del Bicentenario), efectuadas en tiempo muy posterior al indicado en los Convenios respectivos, resultando insuficiente la gestión por parte del Consorcio para la obtención de las mismas en forma oportuna, situación que viene siendo observada en ejercicios anteriores, e instruidos los responsablesen Fallo del H.T.C. N° 15.814 a "…realizar las gestiones necesarias para que en tiempo oportuno de acuerdo con los Convenios respectivos, las Entidades Ejecutoras procedan a presentar las rendiciones", con reiteración en Fallo del H.T.C. N° 16.048; y en función de la rendición efectuada por la Fundación Cepas del Bicentenario, la cual resulta insuficiente, en concordancia con la Revisión, considera que el presente reparo Subsiste como procedimiento administrativo irregular, correspondiendo la aplicación de multa en los términos del artículo 42 de la...

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