Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 12 de Octubre de 2018, expediente COM 004664/2018
Fecha de Resolución | 12 de Octubre de 2018 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 4664/2018 - FAINSER S.A. c/ DURO FELGUERA ARGENTINA S.A. s/RECURSO DE QUEJA (OEX)
Buenos Aires, 12 de octubre de 2018.
Y VISTOS:
-
Interpuso la representación letrada de la defendida a fs.
389/409 recurso extraordinario contra el pronunciamiento de esta Sala de fs. 383/4, que rechazó la queja oportunamente deducida.
-
El recurso propuesto será desestimado en los términos del art. 14 de la ley 48.
a.- El pronunciamiento cuestionado se basa en fundamentos de naturaleza no constitucional, de hecho o de derecho no comprendido en el art. 14, Ley 48, ajenos en principio a ese remedio; y admitirlo implicaría la apertura de otra instancia revisora no contemplada por el ordenamiento jurídico; b.- La procedencia del recurso en examen es de carácter excepcional, y requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista o una decisiva ausencia de fundamentación (CSJN., 11-4-85, ED 114-144; Fallos: 311:345 y 571), circunstancia que aquí no se verifica.
-
Sin perjuicio de lo considerado supra -que bastaría para desestimar lo pretendido-, cabe realizar algunas precisiones en torno a la ‘arbitrariedad’ alegada.
Fecha de firma: 12/10/2018 Alta en sistema: 17/10/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #31468480#216172620#20181016114104374 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B Véase que -entre otras cosas - manifestó la recurrente:
… mi conferente, como resultado del decisorio atacado aquejado por causales manifiestas de arbitrariedad, tiene obturado llegar a un tribunal estatal que le asegure el control judicial del laudo como un emergente del debido proceso y de la defensa en juicio. Esa imposibilidad de una decisión sobre la cuestión de fondo del recurso de nulidad parcial del laudo oportunamente articulado genera a mi mandante un agravio de imposible reparación ulterior ya que le cierra la única alternativa de acceso a los tribunales …
clausurándole todo posibilidad de acceso a la justicia a aquel fin …
(fs. 390 vta.); “… La tacha de arbitrariedad de la resolución recurrida se configura ante el claro y manifiesto apartamiento que se advierte en VE al momento de tramitar la queja y ponderar las condiciones de procedencia del recurso de nulidad parcial del laudo articulado por mi mandante …” (fs. 400); “… la sentencia de VE afirma extremos fácticos … que no solo no se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba