Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 23 de Febrero de 2016, expediente CNT 048931/2010/CA002 - CA001

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 91091 CAUSA NRO.

48.931/2010 AUTOS: “FABRICIUS, M.L. C/ INTERMEDI-CALL S.A. Y OTRO S/ ACCIDENTE ACCION CIVIL”.

JUZGADO NRO. 74 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de FEBRERO de 2.016, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. G.A.G. dijo:

I)- La Señora Jueza “a quo”, a fojas 400/407, hizo parcialmente lugar al reclamo de la accionante tendiente al cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos de naturaleza laboral, así como también receptó el reclamo por accidente de trabajo sufrido por la reclamante. Tal decisión es apelada por la accionante a tenor de las manifestaciones insertas en el memorial de fojas 408/419, que merecieron oportuna réplica de la codemandada La Rural SA a fojas 423/426.

II)- Surge de autos que la Sra. F. ingresó a trabajar el 2 de junio de 2008 para la sociedad demandada Intermedi Call SA, como médica, acompañada por un conductor o ayudante, percibiendo una remuneración mensual que en el mes de junio de 2008 alcanzó la suma de $ 5.000.-

mensuales, en forma totalmente clandestina, cumpliendo una jornada de lunes a sábados de 7 a 20 horas y domingo por medio en el mismo horario. La accionante refiere que realizaba guardias en la sede de clientes o de eventos de importancia que contrataban los servicios de ambulancia de la empresa demandada para atenciones médicas, emergencias y traslados en caso de ser necesario. Y agrega que uno de los principales clientes de la demandada es la firma La Rural SA y, por ello, la mayor parte de la relación laboral se desarrolló

en dicho predio ferial.

También se desprende de las constancias de la causa que el día 25 de noviembre de 2008 la demandante sufrió un grave accidente: aproximadamente a las 19:30 horas cuando se encontraba atendiendo a un paciente en la parte trasera de la ambulancia mientras éste era trasladado desde el predio ferial a una centro médico cercano. Expresa que en la intersección de Av. Las H. y C.D. la ambulancia que los transportaba colisiona contra una camioneta. Como consecuencia de dicho impacto, la actora sufrió una grave fractura con desplazamiento de la clavícula izquierda y múltiples politraumatismos de cráneo y cuello, con pérdida de conocimiento y heridas sangrantes en varias zonas del cuerpo. Fue trasladada al Hospital Fernández y Fecha de firma: 23/02/2016 Firmado por: GLORIA PASTEN DE ISHIHARA, JUEZA DE CAMARA Firmado por: G.G., JUEZA DE CAMARA...

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