Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 21 de Octubre de 2016, expediente CIV 065829/2014/CA001

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 65.829/14, F., M. C/ L., A. S/ DESALOJO.-

Juz. 97 A.B.

Buenos Aires, octubre de 2016.- MC Y VISTOS: CONSIDERANDO:

I.- La sentencia de fs.88/9 admite la demanda y condena a la demandada a desalojar el inmueble sito en Hidalgo 139, piso 21, Departamento “A” de esta Ciudad, sin perjuicio de ordenar determinadas medidas en protección de los menores que allí residen.

El fallo es apelado sólo por la Defensoría de Menores cuyo recurso se sostiene con la presentación de fs.103/5.

II.- El Tribunal está facultado para examinar de oficio la procedencia del recurso, pues sobre el punto no se encuentra ligado por la conformidad de las partes ni por la concesión del juez de primer grado, aun cuando se encuentre consentida, ya que ésta no reviste carácter de definitiva, por lo que la S. se halla autorizada para rever e incluso modificar el juicio de admisibilidad (CNCiv., S.C., in re “Durantex S.A.

c/ Mitjavila, A. s/ daños y perjuicios”, del 8-6-10; id.id., R.574.347, in re “G., Y. c/ Liderar Cia. G.. De Seguros s/ exhorto”, del 22-3-11; id.id., in re “F., M. c/ Di Giulio, A. s/

repetición”, del 19-2-14 y sus citas).

La Sala, en ejercicio de la facultad conferida y examinando las constancias de la causa, resolverá declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto a fs.95, toda vez que el Tribunal ya ha decidido que la existencia de menores de edad que vivan en el inmueble objeto del litigio, no resulta suficiente para que éstos adquieran carácter de parte (CNCiv., Sala C, in re “V., C.

Fecha de firma: 21/10/2016 Firmado por: L.A.J., Juez de Cámara Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara #24183514#164357028#20161013114327142 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C c/ Seijas, R. s/ desalojo”, del 29-6-09; id.id., R.576.541, in re “S., L. c/ V., W. s/

desalojo”, del 19-5-11; id.id., R.603.762, in re “Barcus, J. c/ Sanders, J. s/ desalojo”, del 27-9-

12; id.id., in re “G., M. c/ Giancane, A. s/

homologación”, del 14-4-15, entre otros precedentes).

En este proceso promovido a efectos de obtener la desocupación del inmueble locado en el que residen menores de edad, según constancias informadas a fs.32, éstos no adquieren calidad de parte, ni es razón suficiente para que intervenga por ellos el Ministerio...

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