Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 10 de Agosto de 2021

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita583/21
Número de CUIJ21 - 513525 - 4

T. 309, PS. 147/153.

Santa Fe, 10 de agosto del año 2021.

VISTA: La queja deducida por la defensa de los imputados ante la denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el acuerdo 607, del 5 de agosto de 2020, dictado por los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctora F. y doctores Á. y R., en autos caratulados "F., C.A.Y.R., R.E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'G., A.C.G., V.R.V., R.F.F., C.A.B., S.O.Y.R., R.E.S. CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL VÍCTIMA MENOR DE 16 AÑOS (ESTUPRO) ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL' - (CUIJ 21-06626223-2)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00513525-4); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por resolución 607, del 5 de agosto de 2020, los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctora F. y doctores Á. y R., confirmaron, en lo que aquí interesa, la condena dictada en primera instancia a C.A.F. como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, imponiéndole la pena de diecisiete años de prisión con más accesorias legales y las costas del proceso (arts. 5; 19; 29, inc. 3 y 119, 3° y 4° párrs., inc. b, C.P.). Asimismo, en relación a R.E.R. confirmaron la condena por los delitos de abusos sexuales con acceso carnal agravados por haber sido cometidos por dos o más personas y promoción de la corrupción de menores agravada por la edad y por haber sido cometida mediante intimidación, todo ello en concurso real (arts. 45; 119, 3° y 4° párrs., inc. d; 125, 2° y 3° párrs. y 55, C.P.) y revocaron la sentencia impugnada en cuanto lo había absuelto por el delito de abuso sexual con acceso carnal por el empleo de armas, condenándolo por éste, mas manteniendo la pena impuesta en primera instancia (cfr. fs. 69/85).

  2. Contra este pronunciamiento, la defensa de los justiciables interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 86/95).

    En primer lugar, en relación al imputado R., postula afectación de la congruencia procesal, con base en que la Alzada lo condenó por un agravante que -dice- no había sido mantenida por el F. a lo largo de la causa. Expresa que el derecho de defensa se lesiona aun cuando sin alterarse los hechos atribuidos, se modifica su calificación jurídica sin observarse las garantías procesales previstas en la ley para ello.

    Por otro lado, plantea violación de los principios del debido proceso -in dubio pro reo, pro homine, inocencia, entre otros- por no haberse absuelto al imputado ante la existencia de duda razonable. Entiende que no se probó con la certeza exigida para una condena que el autor de la agresión sexual proferida a la niña R.F. hubiera sido R.. Al respecto, considera que no se pudo identificar de manera suficiente a la persona señalada como "el gringo de C., que la niña no lo nombró al declarar en "Cámara Gesell" y que tampoco mencionó el apodo que conjeturalmente -dice- vincularía a R..

    Se queja de que la Alzada no tratara los agravios de su parte vinculados con el delito de promoción de la corrupción de menores. Refiere que se le atribuyó "...haber estado presente en dicha vivienda..." mientras sucedían los supuestos acontecimientos ilícitos investigados en la causa y que ello en modo alguno puede subsumirse en la figura prevista en el artículo 125 del Código Penal. Manifiesta que pareciera que se le imputa un delito de omisión que estaría dado por el no haber evitado, debiendo hacerlo, la supuesta perpetración por terceros de hechos delictivos con potencialidad corruptora de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR