Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 14 de Febrero de 2017, expediente CFP 000743/2013/6/CA002

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 743/2013/6/CA2 CCCF -Sala 2 CFP 743/2013/6/CA2 “F., B.A. y otros s/

procesamiento y embargo”

Juzg. Fed. n° 10 – S.. n° 20 Buenos Aires, 14 de febrero de 2017 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 6/9vta. del incidente, por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. J.M.H., contra la resolución que luce a fs. 1/4vta. del mismo legajo, mediante la cual el Sr. Juez de grado dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de B.A.F., K.C.N.F. y H.G.P. en orden al delito de tenencia simple de estupefacientes (artículo 14 párrafo 1° de la ley 23.737) y la traba de embargo hasta cubrir la suma de $3.000.

II- La defensa, por los argumentos allí esgrimidos, solicitó que se revoque la resolución apelada y se dicte el sobreseimiento de sus pupilos. Subsidiariamente, adujo que el monto del embargo establecido era elevado, por lo que requirió su reducción.

III- Cabe recordar que la presente causa tuvo su génesis en ocasión de cumplimentar el allanamiento dispuesto por el Juzgado Nacional de Menores n° 4, Secretaría n° 10 en los autos n°

45.877/12 del registro de esa judicatura, caratulada “Ttva. de robo, disparo de arma de fuego, ttva. de homicidio y homicidio” sobre el domicilio sito en la calle B. 19., E.. 11, P.B., dpto. “D”, del Barrio Rivadavia II de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Debe decirse que del registro realizado se secuestró -en lo que aquí interesa- una bolsa conteniendo en su interior 15 “tizas” -6 de ellas fragmentadas- y 38 envoltorios, todos ellos de cocaína. (v. fs. 3/5vta., acta de fs. 6/7, fs. 11/12, 13/14, vista fotográfica de fs. 15, acta de apertura de fs. 60 e informe de la División Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina de fs. 90/93 del principal).

El Tribunal entiende adecuada la decisión adoptada por el Magistrado actuante siendo que el planteo efectuado por la defensa en Fecha de firma: 14/02/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara #29244479#171789979#20170214110802096 torno a la falta de acreditación de la participación de sus pupilos en el ilícito investigado, no logra rebatir el cuadro probatorio reunido en las presentes actuaciones.

En ese sentido, las exposiciones brindadas por el personal preventor y los testigos de actuación -al...

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