Expte 868/06 Ochart Omar D C/nicolas H. Koppen y Otros S/escrituracion

Fecha de disposición12 Noviembre 2008
Fecha de publicación12 Noviembre 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31530

publíquense edictos por el término de dos días en el Boletín Oficial y en el Diario Clarín, para que en el plazo de cinco (5) dias comparezca la demandada a estar a derecho y oponer ec opciones, bajo apercibimiento de nombrar Defensor Oficial, (conforme, arts. 145, 146, 147, y 343 del CPCC).

Fdo.: Dra. María Cristina Carrión de Lorenzo.- Juez Federal'.El citado edicto se publicará por DOS DIAS en el BOLETIN OFICIAL.

Buenos Aires, 9 de octubre de 2008.

Gabriela J. Rapoport, secretaria.

e. 11/11/2008 Nº 585.478 v. 12/11/2008 JUZGADO FEDERAL SECRETARIA PENAL BELL VILLE-CORDOBA El Señor Juez Federal de Primera Instancia de Bell Ville, Provincia de Córdoba, cita ante esta Sede a Omar José BERTINO, M.I. Nº 10.251.753, para que comparezca dentro de los cinco (5) días a partir de la última publicación del presente. Se le hace saber que se le atribuye el delito provisionalmente calificado como infracción al art.1º de la Ley 24.769;

que deberá designar abogado defensor bajo apercibimientodedesignárselealSr.DefensorOficialyque en caso de no comparecer será declarado rebelde y se ordenará su captura.- (Fdo.): Oscar Armando VALENTINUO, DIEGO HERNAN s/ Inf. Art.

292 C.P.', en la que se resolvió citar a estos estrados el día 20 de noviembre del corriente año, a la hora 09:30, a Diego Hernán Guo, cítese al nombrado por edictos, titular del D.N.I. nro. 26.495.257, para que comparezca ante estos estrados el próximo 20 de noviembre de 2008, a la hora 09:30, a fin de recibirle declaración indagatoria en orden al delito de falsificación de documento, previsto en el artículo 292 del Código Penal (artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención --artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación--;para ello, publíquense edictos por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento para el imputado de declararlo rebelde y ordenar su detención en caso de incomparecencia injustificada (artículo 150 del Código Procesal Penal de la Nación). Líbrese oficio y edicto al Boletín Oficial encomendándose el diligenciamiento de los mismos a la Delegación Lomas de Zamora de la Policía Federal Argentina para lo cual se librará oficio de estilo. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal Subrogante del presente decreto.- FDO. CARLOS ALBERTO FERREIRO PELLA,

JuezFederal;Ante Mí, SUSANA M.SILVESTRINI,

Secretaria Federal'.

Dado, firmado y sellado, en la ciudad de Lomas de Zamora, a los...

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