La expresión del hartazgo ante una corporación política aislada

Puede ser que una , como la que se reunió ayer en el , logre lo que no pudieron el sentido común ni la obligación institucional de la mayoría de los senadores peronistas. Nunca son buenos para un sistema republicano, en el que el pueblo gobierna a través de sus representantes, los actos de democracia directa. Pero la culpa no es de los manifestantes, que solo expresaron el hartazgo de importantes sectores sociales ante la flagrante impunidad, sino de una corporación política aislada de la sociedad, encerrada en el parloteo ideológico, ajena a la certeza colectiva de que estamos ante el mayor saqueo de recursos del Estado de que se tenga memoria. El Senado es una institución corporativa por definición: ahí murió la reforma electoral y ahí está por ser modificado el proyecto sobre extinción de dominio (la recuperación por el Estado del dinero robado por funcionarios corruptos o producto del narcotráfico o de cualquier actividad ilícita). Modificado de tal manera que perdería su sentido original, porque la medida solo podría aplicarse una vez que hubiera condena definitiva. Pueden pasar décadas, entonces. Por ese tema, pero sobre todo por la increíble demora del Senado en autorizar al juez a allanar las tres casas de , protestó anoche una enorme cantidad de ciudadanos comunes en las puertas del Congreso. Acorralada por la perspectiva cierta de que el Senado autorizará hoy a Bonadio a entrar en sus casas, Cristina Kirchner . Habían pasado casi cuatro semanas desde que . Tarde y mal, como siempre.El rol que viene cumpliendo el es un desafío abierto a la Constitución, al principio de la división de poderes y al mandato de que todos somos iguales ante la ley. Peor: si Cristina Kirchner no tuviera fueros, . La Constitución crea solo fueros muy restringidos que se refieren a la necesidad de que los legisladores tengan libertad de opinión. En la época en que se escribió la Constitución, y hasta hace poco, el delito de calumnias e injurias estaba penado por el Código Penal; es decir, los culpables podían ir presos. Ahora ya solo existe en el Código Civil; esto es, el que comete un delito de calumnia e injuria deberá pagar un resarcimiento, pero no irá preso. El artículo 68 de la Constitución es muy claro para explicar por qué deben existir los fueros. Dice: "Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador". La Constitución habla...

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