Expediente Cuij: 13-04828256-8 (011851-4149) Caratulados “costana Bibiana Elisabeth C/ Ruggeri Fabi

Fecha de publicación07 Diciembre 2023
Número de Gaceta32003
Tipo de documentoNotificaciones
SecciónNotificaciones

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ-PRIMEROPODER JUDICIAL MENDOZA. Expediente CUIJ: 13-04828256-8((011851-4149)) caratulados “COSTANA BIBIANA ELISABETH C/ RUGGERI FABIAN JOSE P/ DESALOJO CON CONTRATO DE ALQUILER”. De conformidad con lo ordenado a fs. 70 y 79 de los autos supra individualizados, el Tribunal resolvió SE NOTIFIQUE mediante EDICTOS al Sr. RUGGERI FABIAN JOSE, DNI N° 20.805.236 de ignorado domicilio, el siguente proveído “Mendoza, 25 de Abril de 2023. AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos arriba intitulados, atento a lo solicitado, constancia de autos, el dictamen del señor Fiscal de fs. 68 lo dispuesto por el art. 69 del C.P.C.C. y T. RESUELVO: 1) Declarar que el SEÑOR RUGGERI FABIAN JOSE, DNI N° 20.805.236 es de ignorado domicilio. 2) Notifíquese mediante edictos la resolución ordenada a fs. 13 y 55 (ex fs. 11 de los autos n° 011851-5698) que se publicará en el Boletín Oficial y diario “LOS ANDES” por el plazo de ley durante tres veces, con dos días de intervalo. 3) Cumplido que sea la notificación edictal, dése intervención al Defensor Oficial que por turno corresponda. COPIESE Y NOTIFIQUESE. Fdo. DRA. ELDA ELENA SCALVINI Juez” y “Mendoza, 15 de Agosto de 2019. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la actora inicia acción de desalojo por la causal de falta de pago en los términos del art. 237 apart. II del CPCCT respecto del inmueble ubicado en calle Luzuriaga N° 762, Piso 2, Depto 2, Torre “F” de Villa Marini, Godoy Cruz, Mendoza. Del contrato de locación obrante en autos, cuyas firmas se encuentran certificadas a los términos del art. 1222 del CCCN, surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, corresponde dictar sentencia monitorio, ordenando el desahucio, conforme lo dispuesto en el inciso segundo del art. 237, ap. II del CPCCT. En consecuencia: RESUELVO: Téngase presente lo expuesto, déjese sin efecto el decreto de fs. 11. Téngase por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado. I. Hacer lugar a la demanda incoada, y en consecuencia condenar a FABIAN JOSÉ RUGGERI, DNI N° 20805236, en calidad de locatario, para que en término de QUINCE (15) DÍAS de notificado la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR