¿Existe un ámbito de lo no jurídico?

AutorCarlos Adolfo Zúñiga Rendón
Páginas72-96
72 | ENSAYOS
¿Existe un ámbito de lo no jurídico?
Carlos Adolfo Zúñiga Rendón
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cuerpo interrogante, porque ignoraba que
el deseo es una pregunta cuya respuesta
no existe, una hoja cuya rama no existe,
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(Luis Cernuda, La realidad y el deseo (1924-1962),
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Antecedente / Problemática Inicial
Durante un análisis al artícu lo 19 de la Constitución de la
1
se planteó en clases el hipotético caso de
tratar la posible existencia de un ámbito de lo no jurídico. El caso
trae a dos personas mayores, que al conocerse se atraen mutua-
mente, deciden salir juntos y terminan por consentir el compartir
la intimidad de la habitación de uno de ellos. La cuestión del
caso está en que si todo aquello que acontezca dentro de la
referida habitación, como consecuencia de la atracción humana,
se encuentra o no dentro del ámbito de lo jurídico, o dicho de
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a la habitación; o, si, por el contrario, encuentra su límite en la
puerta. Se propuso entonces, como texto de referencia, la obra
“El ámbito de lo no jurídico” del alemán Karl Engisch.
Siguiendo a Engisch, la aceptación de un ámbito libre de
derecho depende absolutamente de la concepción que uno
Art. 19. Las acciones privadas de los hombres que
de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo
reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación
será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe
”.
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¿Existe un ámbito de lo no jurídico?
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Carlos Adolfo Zúñiga Rendón
tenga del mismo
2
. Aunque este autor no termine decidiéndo-
se por ningún camino a seguir pese a denotar cierta inclinación
por una concepción imperativista,
anticipamos que la concep-
ción que manejaremos será la de un derecho entendido como
sistema de normas jurídicas positivas y de principios f‌ijados
para garantizar la convivencia pacíf‌ica de los individuos en
sociedad, sin desconocer otras fuentes como la jurisprudencia.
1. Punto de arranque contractualista
A mediados del siglo 17, Hobbes sostuvo que la f‌inalidad
de hacer leyes no es sino la limitación de la libertad natural del
hombre, limitación sin la cual no existiría posibilidad alguna
de paz.
4
De este modo, la libertad para Hobbes consistía en
la “ausencia de impedimentos externos que a menudo pueden
arrebatar a un hombre parte de su poder para hacer lo que le
plazca, pero no pueden impedirle usar del poder que le queda,
de acuerdo con lo que le dicten su juicio y razón”.
5
Es decir,
2 Engish, Karl,
El ámbito de lo no jurídico,
trad. E. Garzón Valdez, Córdoba (Argentina),
Universidad Nacional de Córdoba, 1960, p. 52. A lo largo de la segunda parte de su trabajo,
Engisch ofrece diversas concepciones del derecho: 1) Como conjunto de autorizaciones
(p. 54); 2) Como conjunto de normas (p. 56); 3) Como conjunto de normas valorativas (p. 72);
4) Considerando la estructura de la norma como una proposición hipotética del deber ser,
constituida por un hecho y la consecuencia jurídica de una orden (p. 85); 5) Como conse-
cuencias jurídicas. En esta parte cita a Schreier, para quien ámbitos libres de derecho son
todos aquellos hechos naturales que no provocan consecuencias jurídicas (p. 89); 6) Como
externalidad coactiva por parte del Estado, no pudiendo tener como contenido propio los de-
beres del hombre que corresponden a su perfeccionamien to personal (p. 103); y, 7) Lagunas
en el Derecho (p. 110).
3 Pazoz Crocito, José Ignacio,
Lo no jurídico. Sobre un ámbito indeterminado o libre de
valoración jurídica en el derecho penal
, Universidad Nacional de La Plata, p. 246. Disponible
en el Sitio Web del Repositorio Institucional de la Universidad Nacional de La Plata: http://
sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/32795 En su tesis, Pazos realiza una crítica a la posición de
Engisch, manifestando que “lo relevante en el esquema por él presentado es que, sea cual
fuere la posición que se tome frente al Derecho como construcción, se presentarán ámbitos
libres en él (íd.)”.
4 Hobbes, Thomas,
El leviatán
, trad. por Antonio Escohotado, Tomo I, 1ª ed., Buenos Aires:
Losada, 2007, p. 236.
5 Ibídem, p.132.

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