Evolución de la protección del patrimonio cultural en los tratados del derecho internacional humanitario

AutorPedro Luis Sisti
CargoAbogado (UNLP), Director de la Clínica en Derecho de Interés Público (UNLP)
Páginas543-564
TRABAJOS DE GRADO Y POSGRADO | 543
Evolución de la protección del patrimonio
cultural en los tratados del derecho
internacional humanitario
Pedro Luis Sisti1
Revista Derechos en Acción
Año 3/Nº 8 Invierno 2018, 543-564
DOI: https://doi.org/10.24215/25251678e201
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-5195-0300
I. Introducción
Para comenzar debemos adelantar que el presente trabajo,
por sus propias características, no pretende ser un estudio
acabado de todo el material referente a la protección del Patri-
monio Cultural dentro del Derecho Internacional Humanitario
contemporáneo, sino una mera introducción a una cuestión
que merece mayor desarrollo y profundización. Por lo tanto,
intentaremos justificar el recorte epistemológico que nos vemos
obligados a realizar, buscando sin embargo lograr una suficien-
cia en relación a la temática abordada.
Dentro del Derecho Internacional Humanitario contempo-
ráneo se habla habitualmente de dos corrientes, aunque esta
postura no es unánime en la doctrina (Salmon- 2004), que son
claramente diferenciables una de la otra: la corriente de La Haya
y la corriente de Ginebra (Bugnion- 2001). Es cierto que esta
distinción es meramente analítica, ya que una y otra se com-
plementa y resultan interdependientes, ya que “No es divisible
la protección del ser humano en batalla” (Bugnion- 2001). La
1 Abogado (UNLP), Director de la Clínica en Derecho de Interés Público (UNLP) El presente
trabajo se desarrolló en el marco de la Maestría en Derechos Humanos que imparte el
Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP
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corriente de Ginebra ha tenido principalmente el objetivo de
brindar protección a víctimas, es decir protección de personas
que puedan sufrir violaciones de derechos a causa de la guerra,
ya sea quienes combaten en la misma o quienes pueden verse
afectados por la guerra a pesar de no participar activamente. El
Comité Internacional de la Cruz Roja (en adelante CICR) tuvo
un papel preponderante en el desarrollo de esta corriente, y
quizás por eso cuenta con facultades más claras de interven-
ción (Bugnion- 2001).
La corriente de La Haya por su parte ha regulado todo lo
referente a la conducción de las hostilidades, y es una pequeña
parte de esta corriente la que procederemos a analizar. Si bien
esta corriente es la más antigua dentro del Derecho Interna-
cional Humanitario contemporáneo, el CICR no tuvo un rol
tan importante en su primer desarrollo, a punto tal que hasta
se ha cuestionado que tuviese facultades de intervención en
su protección/cumplimien to, algo que entendemos ha sido
claramente resuelto en favor de la facultad de intervención del
CICR (Bugnion- 2001).
Más allá de los debates acerca de la facultad de interven-
ción del CICR en la corriente de La Haya, a medida que la
misma ha ido evolucionando, podemos decir que la protec-
ción que brinda ha ido diversificándose. Una de estas “nuevas”
facetas de protección es sin dudas la del Patrimonio Cultural,
y es en esta temática donde centraremos nuestro análisis: la
evolución de la protección de los Bienes Culturales dentro
del Derecho Internacional Humanitario. Si bien debemos
aclarar que en los Protocolos I y II de 1977 a la convención
de Ginebra de 1949 también se brinda protección a los Bienes
Culturales, con lo cual podemos decir que ambas corrientes
brindan protección a los Bienes Culturales, y no solamente la
de La Haya.
Cierto es que existen antecedentes que tienen siglos de
antigüedad donde se ha buscado garantizar dentro del marco
de guerras la protección de Bienes Culturales (habitualmen-
te ligados a cuestiones religiosas), estas protecciones eran

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