Estrella Federal Seguridad Privada Integral S.R.L. S/quiebra

Fecha de publicación17 Junio 2010
Fecha de disposición17 Junio 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31926

Los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q., deberán ser presentados por la sindicatura los días 05 de octubre de 2010 y el 17 de noviembre de 2010 respectivamente. Asimismo se le hace saber a la fallida y a terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean pertenecientes a la deudora, así como la prohibición de realizarle pagos, bajo apercibimiento de declarar su ineficacia. Se intima a la deudora para que entregue al síndico dentro de las 24hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, como también a que dentro de las 48hs. constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los estrados del juzgado.

Dado, firmado y sellado, en mi público despacho, en Buenos Aires, a los 20 días del mes de mayo de 2010.

M. Fernanda Maoni, comunica por el plazo de cinco días en los autos caratulados:

'Ponce Liliana Graciela s/Propia Quiebra' (Expte. nro. 056364) que con fecha 26 de abril de 2010 se ha decretado la quiebra de la nombrada 'Ponce Liliana Graciela'; designándose síndico al contador Alfredo A. Iriondo con domicilio en la calle Ciudad de la Paz 1383 piso 7° 'A' de la C.A.B.A.'. TE 4782-7708, a quien los acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios hasta el día 2 de septiembre de 2010. Los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q., deberán ser presentados por la sindicatura los días 14 de octubre de 2010 y el 26 de noviembre de 2010 respectivamente. Asimismo se le hace saber a la fallida y a terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean pertenecientes a la deudora, así como la prohibición de realizarle pagos, bajo apercibimiento de declarar su ineficacia. Se intima a la deudora para que entregue al síndico dentro de las 24hs. los papeles que tuviera en su poder.

Dado, firmado y sellado, en mi público despacho, en Buenos Aires, a los 31 días del mes de mayo de 2010.

M. Fernanda Mazzoni, secretaria.

e. 11/06/2010 N° 62625/10 v. 17/06/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D.

Santicchia, Secretaría Nº 38, a cargo de la Dra.

Adriana Patricia Cirulli, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, comunica por cinco días, que con fecha 12 de mayo de 2010 se decretó la quiebra de Campo Rubén Osvaldo,

DNI: 4556164, con domicilio en Pacheco 3168,

P.B. Dpto. 2. CABA, en los autos caratulados Campo Rubén Osvaldo s/Propia Quiebra, Expte. Nº 053911, en la cual se designó síndico al Contador Tomasi Víctor con domicilio en la calle Bogotá 2791, 1er. Piso C ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 13/07/2010. El síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 08/09/2010 y 21/10/2010 respectivamente.

Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco días. Fdo:

Gerardo D. Santicchia, Juez.

Buenos Aires, 9 de junio de 2010.

Adriana Patricia Cirulli, secretaria.

e. 16/06/2010 Nº 64673/10 v. 23/06/2010 N° 21

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial, Nº 21, a cargo, del Dr...

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