ESTATUTO

Fecha18 Marzo 2020
Número de registro417744
EmisorMM LOGÍSTICA S.A.S.

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “MM LOGÍSTICA S.A.S. S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD”. CUIJ 21-05202774-5 se hace saber que en fecha 03 de febrero de 2020 se ha constituido la sociedad:

Socia: MARIA DE LAS MERCEDES ESCALAS, argentina, nacido el 12 de junio de 1996, C.U.I.L.: 27-39503391-9, D.N.I. 39.503.391, empleada, soltera, domiciliada en calle Echague 7291 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe;

Fecha del Instrumento de Constitución: 03/02/2020

Denominación: MM LOGÍSTICA S.A.S.

Domicilio: Tiene su domicilio en jurisdicción de la ciudad de Coronda.

Plazo de Duración: Cincuenta Años contados desde su inscripción en el Registro Público.

Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: a) Servicios de Gestión y Logística para transporte de Mercaderías y/o Bienes en General; ; b) El ejercicio de mandatos, representaciones, servicios, comisiones y consignaciones; c) Producción, compra, venta, consignación, acopio, distribución, importación y exportación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, agroquímicos, combustibles y todo tipo de productos que se relacionen con la actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados

Capital Social: El Capital Social es de cien mil pesos ($ 100.000.-), representado por 10.000 acciones de PESOS DIEZ ($ 10), valor nominal cada una.

Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de un Director titular. Además se designará un Director suplente, que lo sustituirá en su ausencia. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. La duración del cargo es de tres (3) ejercicios. La asamblea fijará la remuneración del Director. El Director tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la Ley requiera poderes especiales. Puede, en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto, entre ellos operar con entidades financieras nacionales e internacionales, establecer agencias, sucursales dentro y fuera del país, otorgar poderes judiciales y para representarlo en audiencias.

Órgano de Gobierno: La reunión de socios es el órgano de Gobierno. Se celebrarán siempre que alguno de los administradores lo requiera mediante notificación fehaciente, pudiendo...

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