Estatuto

EmisorMagnar S.A.
Fecha de la disposición15 de Julio de 2010

Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto, por un día, y en cumplimiento del art. 10 inc. a de la Ley 19.550.

Integrantes: Julio Héctor Magnani, argentino, nacido el 14 de abril de 1965, casado en primeras nupcias con Silvana Alejandra Marini, domiciliado en calle Ocampo 551 de Rosario, D.N.I. N° 17.444.172, de profesión comerciante; Roberto Germán Magnani, argentino, nacido el 1º de noviembre de 1966, estado civil soltero, domiciliado en calle Pasaje Del Parque 240 de Rosario, D.N.I. N° 18.112.796, de profesión comerciante; y Elda Balna Froment, argentina, nacida el 11 de setiembre de 1933, de estado civil viuda, domiciliada en calle Maciel 811 de Rosario, D.N.I. N° 3.197.579, de profesión comerciante.

Fecha del Instrumento de Constitución: 8 de Marzo de 2010.

Denominación: MAGNAR S.A.

Domicilio: en la ciudad de Rosario, Santa Fe.

Objeto Social: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las actividades constructoras e inmobiliarias, mediante la compra, venta, construcción, arrendamiento, administración, y subdivisión de toda clase de inmuebles urbanos o rurales. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; debiendo proceder siempre dentro de lo autorizado por el art. 30 y los limites establecidos por el art. 31 de la Ley 19.550.

Plazo de Duración: Noventa y nueve años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital Social: El capital asciende a $ 150.000 (Pesos Ciento Cincuenta Mil) representado por ciento cincuenta mil acciones (150.000) acciones de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo 188 de la Ley 19550.

Órgano de Administración: La administración de la sociedad esta a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de Uno (1) y un máximo Cuatro (4), quienes...

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