Estancias Lorenzo Sa

Fecha de disposición03 Mayo 2007
Fecha de publicación03 Mayo 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31147

Cap. Fed.-El que suscribe se encuentra autorizado por Escritura Pública del 26/09/2006, Nº 790,

Fº 1349, Registro 1340, Cap. Fed.- EL AUTORIZANTE.

OTROSI DIGO: IV) Escritura complementaria del 21/03/2007.- V) Basualdo 1784, Cap. Fed.- VI) 1) Juan Vicente DE LUCA, argentino, 66 años, divorciado, comerciante, DNI. 4.297.704, CUIT. 2004297704-8, domicilio Belgrano 867, Dique Luján,

Partido de Tigre, Pcia. Bs. As.- 2) Paola Lorena DE LUCA, argentina, 35 años, casada, contadora pública, DNI. 22.125.760 CUIT. 27-22125760-5, domicilio Washington 2569, Cap. Fed. 3) María Marta GARCIA, argentina, 42 años, soltera, comerciante, DNI. 16.680.950, CUIT. 27-166809504, domicilio Belgrano 867, Dique Luján, Partido de Tigre, Pcia. Bs. As.

Escribano Carlos Santiago Gravanago Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:

18/4/2007. Número: 070418174662/9. Matrícula Profesional Nº: 3751.

e. 03/05/2007 Nº 59.177 v. 03/05/2007 DECONO SOCIEDAD ANONIMA Reforma de estatuto: artículo octavo, estableciéndose que el directorio podrá tener de 1 a 5 miembros titulares, y artículo noveno, adecuando la garantía de los directores a la Resolución 7/2005 de I.G.J. Autorizado en escritura del 4/4/2007 Registro 3 de Esteban Echeverría, en la que se protocoliza la reforma efectuada en asamblea extraordinaria del 29/12/2006 en forma unánime.

Escribano Eduardo E. Tiscornia Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Fecha:

26/4/2007. Número: FAA02660762.

e. 03/05/2007 Nº 59.105 v. 03/05/2007 DESARROLLO PI SOCIEDAD ANONIMA Por Asamblea Extraordinaria del 10/3/05 se resolvió: 1) modificar el art 3º quedando redactado de la siguiente forma: 'ARTICULO TERCERO: En los términos del artículo 31, primer párrafo de la Ley de Sociedades Comerciales la sociedad es exclusivamente financiera y de inversión: A) el objeto exclusivo de la sociedad consiste en ser tenedora de acciones u otros títulos convertibles en acciones de una sociedad, que será determinada por el directorio, u otra u otras sociedades anónimas que sean controlantes o accionistas de esta última, o que sean otras controladas o participadas por cualquiera de aquellas. B) Sólo en relación al objeto expresado en el acápite A) precedente, la sociedad quedará habilitada para realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada o en colaboración con tercero --para lo cual podrá hacer uso de cualquier figura jurídica-- y tanto en el país como en el extranjero, actividades financieras o de inversión, a saber: 1. Adquirir, mantener y administrar participaciones e inversiones en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero, incluso convirtiéndose en controlante de las mismas. 2. Participar en la fundación y constitución de sociedades, en su fusión, escisión o transformación, efectuar aportes de capital a sociedades existentes o a constituirse para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse. 3. Comprar, vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones, debentures y demás valores mobiliarios de cualquier naturaleza conocida o que se creen en el futuro. 4. Tomar préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el país o en el extranjero. 5. En ningún caso la sociedad podrá otorgar fianzas o garantías a favor de terceros, excepto que se trate de sociedades directa o indirectamente controladas o participadas. 6. Ejercer mandatos, representaciones, agencias y comisiones, y la administración de bienes y empresas de sociedades, personas o entidades radicadas en el país o en el extranjero. En especial, podrá actuar como agente o mandataria para todo tipo de operaciones de la naturaleza indicada en los numerales anteriores. 7.Adquirir bienes inmuebles relacionados con la actividad de las sociedades en las que Desarrollo Pi S.A., tenga participación. 8. Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes, del país o del extranjero.

No obstante las restricciones derivadas del objeto social enunciado y, particular, del presente acápite B., el directorio podrá disponer la inversión temporaria de los excedentes financieros que tenga la sociedad. C) En cualquier caso queda excluida toda intermediación en la oferta y demanda de recursos financieros reglamentada por leyes especificas, en particular por la Ley de Entidades Financieras. D) Con relación al objeto enunciado en este artículo, la sociedad podrá ser parte o miembro de contratos de colaboración empresaria, ya sea en los tipos legislados como de otros innominados. La resolución pertinente deberá ser adoptada por la asamblea ordinaria. E) A los fines expuestos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto'; 2) Modificar el Art. 9º adecuándolo a las Resol. 20/04 y 1/05 de la IGJ. Y por Asamblea Gral Ordinaria y Extraordinaria del 28/4/06 se designó a los miembros del Directorio: PRESIDENTE:

Chrystian Gabriel Colombo, VICEPRESIDENTE:

Carlos Alberto Giovanelli, DIRECTOR TITULAR:

Nelson Damián Poini; todos con domicilio especial en Ramsay 1810 piso 5º. Cap. Fed.

El mandato del solicitante surge del Poder Especial del 28/2/07, al fº 519 del Reg. 601 de Cap.

Fed.

Apoderado Guillermo Jorge Cittadini Certificación emitida por: Alejandro Senillosa.

Nº Registro: 601. Nº Matrícula: 4834. Fecha:

26/4/2007. Nº Acta: 171. Libro Nº: 10.

e. 03/05/2007 Nº 60.970 v. 03/05/2007 DIESNEC SOCIEDAD ANONIMA Escritura: 30/4/07. Socios: Ricardo David Perez Meroni, Dni. 7.787.680, argentino, nacido el 23/2/48, casado, ingeniero agrónomo, domiciliado en calle 27 Nº 882, La Plata, Pcia. Bs. As.; y José Maria Falcon, L.E. 8.046.837, argentino, nacido el 14/3/49, casado, abogado, domiciliado en Del Castillo 122, Río Gallegos, Pcia. Santa Cruz.

Domicilio: Virrey Olaguer y Feliu 2448, Planta Baja,

Cap. Fed. Duración: 99 años desde su inscripción.

Objeto: a) Agropecuarias: Explotación directa o indirecta de establecimientos rurales, agrícolas, avícolas, frutícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, compra, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, forestaciones y reforestaciones de toda clase, compra, venta y acopio de cereales, granos, semillas, lanas, cueros, semovientes, todo tipo de productos forestal, fertilizantes, agroquímicos y/o cualquier tipo de producto e insumo agropecuario o forestal, y la industrialización primaria de productos agrícologanaderos; b) Compra, venta, alquiler e intermediación de inmuebles rurales y maquinaria agrícola relacionada con la actividad agropecuaria; c) El ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos. Capital: $ 20.000. Administracion: Entre 1 y 5 titulares por 3 ejercicios. Representación Legal: Presidente o vicepresidente en su caso.

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