Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 21 de Noviembre de 2023, expediente CNT 040208/2016/CA001

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

- SALA V

Causa N°: 40208/2016 – “ESQUIVEL VERA, HUGO CÉSAR C/ FEDERAL

SERVICE S.R.L. Y OTROS s/ DESPIDO”

Buenos Aires, 21 de noviembre de 2023

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

1) En atención a los términos en que la parte actora y la demandada Federal Service S.R.L. han arribado a la solución conciliatoria de la que informaron en la audiencia celebrada el 13/11/2023, que fuera incorporada al sistema informático Lex 100, y teniéndose en cuenta las respectivas situaciones jurídico-procesales, corresponde prestarle homologación judicial a dicho acuerdo (cfr. art. 69 de la L.O. y 309 del C.P.C.C.N.) en la medida en que se considera que mediante el mismo se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de aquéllas y no se violan disposiciones de orden público en los términos del art. 15 de la L.C.T.

Téngase a la parte actora por desistida de la acción y del derecho respecto de las codemandadas Laboratorios Elea SACIF, DHL Express Argentina S.A. y Transfármaco S.A. (conf. art. 305 del C.P.C.C.N.) imponiéndose las costas del desistimiento en el orden causado.

Dado lo peticionado y la forma de resolverse el litigio, exímase a la parte demandada del pago de la tasa de justicia (cfr. art. 42 del ritual laboral).

Las costas se declararán a cargo de la demandada Federal Service S.R.L. en razón de lo convenido por las partes, con excepción de las costas del desistimiento.

2) Corresponde readecuar los honorarios regulados en el decisorio del 29 de marzo de 2023 a este nuevo pronunciamiento (cfr. art. 279, C.P.C.C.N.).

Debe tenerse presente lo demás manifestado por las partes.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

  1. ) Téngase a la parte actora por desistida de la acción y del derecho respecto de Laboratorios Elea SACIF,

DHL Express Argentina S.A. y Transfármaco S.A.; 2º) Homologar el acuerdo conciliatorio al que arribaran las partes; 3º) Eximir a la demandada Federal Service S.R.L. del pago de la tasa de justicia. 4º) Declarar las costas del juicio a cargo de la demandada Federal Service S.R.L. con excepción de las correspondientes a las codemandadas Laboratorios Elea SACIF, DHL Express Argentina S.A. y Transfármaco S.A. que se imponen en el orden causado. 5º) Tener presente el reconocimiento de honorarios efectuado por la demandada en favor de la representación y patrocinio letrado de la parte actora y regular los honorarios de la perito contadora en la suma de PESOS CIENTO VEINTE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR