Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 13 de Julio de 2017, expediente CAF 055765/2015/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 55765/2015 ESQUIVEL, M.A. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-
GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de julio de dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “E.M.A. Y OTROS c/ EN- M° SEGURIDAD- GN s/
PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El Sr. Juez de Cámara, Dr. G.F.T., dijo:
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Que mediante la sentencia de fojas 50/54, la jueza de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos. En consecuencia, declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto Nº 1307/12 y sus modificatorios; y ordenó abonar las diferencias salariales devengadas. Impuso las costas en el orden causado.
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Que contra dicha decisión, la parte demandada interpuso recurso de apelación a fojas 56 y expresó agravios a fojas 60/72, que fueron contestados a fojas 74/75.
En su escrito, sostuvo que los suplementos creados por los Decretos Nros 1307/12 y sus modificatorios poseían naturaleza particular. Asimismo, alegó que esas asignaciones carecían del carácter general que los actores pretendían atribuirle. Citó
jurisprudencia en apoyo de su postura.
Fecha de firma: 13/07/2017 Alta en sistema: 14/07/2017 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #27554507#183687204#20170711134508081 En consecuencia, peticionó que se revocara la sentencia de la instancia anterior, con costas en el orden causado.
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Que en este estado de las actuaciones, cabe examinar el recurso de la demandada, que consiste en determinar si los suplementos establecidos por el Decreto Nº 1307/12 y sus modificatorios deben ser incluidos en el haber mensual de los actores con carácter remunerativo y bonificable.
III.1.- Conviene recordar que el Decreto Nº
1307/12 modificó el esquema salarial establecido por su similar Nº
1104/05 y sus modificatorios y fijó –a partir del 1º de agosto de 2012– el haber mensual del personal con estado militar de la Gendarmería Nacional y con estado policial en actividad de la Prefectura Naval Argentina, conforme los importes que para los distintos grados se...
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