Sobre el esquema de terminación del proceso según Jorge W. Peyrano y la doble carga procesal del “onus probandi”

AutorHoracio G. López Miró
López Miró, Sobre el esquema de terminación del proceso según Jorge W
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Sobre el esquema de terminación del proceso
según Jorge W. Peyrano y la doble carga procesal
del “onus probandi”*
Por Horacio G. López Miró
1. Introducción
Expresa Peyrano que las reglas del onus probandi se tienen en cuenta sola-
mente cuando la prueba rendida en autos ha resultado insuficiente para crear, en la
mentalidad y el ánimo del juzgador, convicción en grado tal como para hacer lugar a
la demanda o rechazarla
1
.
Hace años expusimos sobre el tema, acerca del doble contenido de dicha car-
ga procesal, que estimamos oportuno reiterar, con el aggiornamiento propio de la
experiencia empírica, el estudio y el paso del tiempo
2
.
2. El árbol con dos ramas
Imaginemos que la carga procesal de confirmar los hechos previamente afir-
mados en el escrito de demanda, de responde, o de reconvención es un árbol, de
cuyo tronco emergen sólo dos ramas, y resulta imposible acceder a la segunda sin
pasar antes por la primera.
Si recordamos el concepto básico de “carga procesal”, vemos que en el proce-
so civil coexisten tres tipos distintos de imperativos jurídicos: los deberes, las obliga-
ciones y las cargas. Los deberes se presentan sólo en el plano vertical, aquél que va
y viene entre las partes y el juez, situado por encima y equidistante de ellas, en el
clásico triángulo de Chiovenda
3
.
juez
actor demandado
* Bibliografía recomendada.
1
Peyrano, Jorge W ., La regla de la prueba enfocada como norma de clausura del sistema, LL,
208-C-748.
2
López Miró, Horacio G., Probar o sucumbir, Bs. As., Abeledo-Perrot, 1998.
3
Alvarado Velloso, Adolfo, Introducción al estudio del derecho procesal. Primera parte, Santa
Fe, Rubinzal-Culzoni, 1995.

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