Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 16 de Octubre de 2019, expediente FMZ 052275/2017/TO01

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 52275/2017/TO1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA N° 1977 En Mendoza, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, conforme lo dispuesto por los arts. 399 y 400 del Código Procesal Penal de la Nación, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mendoza Nº 1 integrado en forma unipersonal por el señor Juez de Cámara doctor A.W.P., en presencia del señor S. doctor A.F. (h), luego de la audiencia de debate celebrada en los autos N° FMZ 52275/2017/TO1, caratulados: “ESPIASSE PUGH, M.A. y OTRO s/ acopio de armas (art. 189 bis 5º par) mod.

ley 25.886 e infracción ley 23.737 (art. 5 inc. a)”, a fin de fundamentar la sentencia dictada, se planteó las siguientes cuestiones a resolver:

  1. ¿Están acreditados los hechos en su materialidad y autoría?

  2. En caso afirmativo, ¿qué calificación legal y pena corresponden?

  3. Costas.

Sobre la primera cuestión planteada, el señor Juez de Cámara Doctor A.W.P. expresó:

  1. Los hechos presuntamente delictivos que abrieron la instancia ante este Tribunal fueron definidos por el Ministerio Público F. en el requerimiento de elevación a juicio de fs. 1330/1344.

    Para mejor precisión acerca de los hechos traídos a juicio pasaré a transcribirlos, sin perjuicio del tratamiento y organización que luego se dará

    Así, el representante de la vindicta pública expuso: “Como resultado de los procedimientos llevados a cabo el día 22 de diciembre de 2017, en los que se produjo la detención y requisa personal de M.A.E.P., registro de la camioneta Amarok dominio OIV107 en la que se conducía al momento de su detención, allanamiento de la vivienda en la que convivía con M.A.G.V. y de la Inspección Ocular practicada en la misma vivienda el día 27 de diciembre de 2017, se secuestraron en poder de ambos procesados los elementos delictivos que se detallan a continuación.

    En primer lugar, se le atribuye a M.A.E.P. y A.G.V., haber ACOPIADO ARMAS Y Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: A.W.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, S. Federal 1 #33417766#246384192#20191016111835842 MUNICIONES el día 22/12/2017, al ser halladas en su ámbito de dominio:

    un revolver calibre 22 Long Riole n° V64509 con 5 cartuchos colocados tenido por E. en momentos de su detención en las cercanías de su vivienda al tiempo del hecho, esto es, intersección de acceso Este y calle S. del departamento de Maipú, provincia de Mendoza; una pistola B.T. calibre 40 n° A61541 con un cartucho colocado en la recámara y un cargador colocado del mismo calibre en una gaveta debajo del asiento del conductor de la camioneta Amarok, dominio OIV107, en la que se conducía de propiedad de G.V., una pistola B.T. 9 mm n° fabril 817028 con un cartucho colocado en recámara en una gaveta entre los dos asientos delanteros, una riñonera negra con 1 cargador con 16 cartuchos colocados calibre 9 mm y 1 cargador con 17 cartuchos colocados del mismo calibre en la alfombra del asiento trasero del lado del acompañante.

    También se les atribuye, por ser halladas inmediatamente después de su detención, en el domicilio en el que convivían, sito a 200 metros hacia el sur por el callejón comunero que se extiende desde ruta 20, unos 30 mts. antes de llegar a calle S. del departamento de Maipú, en el que se encontraba M.A.G.V., en la habitación identificada N° 2: (1) una escopeta model 88 126A M. de color negro con la inscripción nº MV30359L, (1) una escopeta GLD Hunter con chaca de madera de color marrón Browning con la inscripción nº

    F51NT28085, (1) un revolver calibre 22 con 5 alveolos, (12) doce cartuchos de color rojo con la inscripción “12 Federal Steel”, (7) siete cartuchos de color rojo con la inscripción “12 Winchester”, (1) un cartucho de color rojo con la inscripción “12 WW”, (3) tres cartuchos de color gris con la inscripción “12 KENT”, (70) setenta cartuchos con la inscripción “Winchester 357”, (2) dos cartuchos con inscripción MAG 357, (26)

    veintiséis cartuchos con la inscripción 300 W.M., (6) seis cartuchos con la inscripción FLB 2012, (32) treinta y dos cartuchos con la inscripción FLB 11,25, (1) un cartucho con la inscripción 308 Wing Mag, (85) ochenta y cinco cartuchos calibre 9mm, (3) tres vainas servidas calibre 11,25, (5)

    cinco cartuchos 9 mm con el proyectil color azul, (1) un cartucho 9mm con el proyectil punta hueca, y (1) un cartucho calibre 22mm; en la habitación N° 3, destinada a dormitorio de E. y G.: (1) una escopeta calibre 2.23 con numeración fabril 18609470, (1) una escopeta calibre 30.30 con la inscripción Gienfiel 22075205, (1) una escopeta calibre 16 marca Winchester nº 101668, (1) una pistola 9mm marca P.B. sin numeración visible, (1) una pistola B.M. calibre 11,25 sin Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: A.W.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, S. Federal 2 #33417766#246384192#20191016111835842 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 52275/2017/TO1 numeración visible, (1) una pistola B.M. calibre 22 nº 90512, (1) un rifle calibre 22 nº 79875867428645236, (1) un rifle aire comprimido G.N.° 1940486, (2) dos cajas de cartuchos calibre 16, conteniendo en su interior 25 cartuchos cada uno, (149) ciento cuarenta y nueve cartuchos calibre 22, (80) ochenta cartuchos calibre 9mm, (25) veinticinco cartuchos calibre 2.23, (16) dieciséis cartuchos calibre 11,25, (1) un cargador calibre 22, (1) un cargador 11,25, (5) cinco cargadores calibre 22, y (1) un cargador 9mm.

    Asimismo, se les atribuye haber tenido en el patio de la vivienda en dos tachos de color azul con tapa de color blanco, enterrados, debajo de una jaula con cierre tela romboidal, donde se encontraban encerrados perros de raza Dogos Argentinos: (1) una pistola marca Magnum 357 con numeración ACF 9502, revolver con seis alveolos en el tambor con la inscripción X5641, con una mira de color negro con la inscripción Shilba 1X4ORD, (1) un revolver marca Taurus 357 nº fabril BR613964 con 7 alveolos, (1) una pistola 9mm marca T. nº fabril AB93292 de color negro, (1) una pistola ametralladora Aldaza calibre 11,25 con su respectivo cargador, (7) siete cargadores de 9mm, (405)

    cuatrocientos cartuchos calibre 7,62, (103) ciento tres cartuchos calibre 308, (150) ciento cincuenta cartuchos calibre 357, 357 cartuchos calibre 22, (200) doscientos cartuchos calibre 12,70, (30) treinta cartuchos calibre 16, (90) noventa cartuchos calibre 9mm, (44) cuarenta y cuatro cartuchos calibre 30, y (35) treinta y cinco cartuchos calibre 7mm.

    En segundo lugar, se les atribuye haber TENIDO MATERIALES EXPLOSIVOS, por ser hallados enterrados en el patio de la vivienda en los tachos descriptos supra: aproximadamente 39 kilos de explosivos en 21 paquetes de barra marca Ibegel de fabricación brasilera, dos detonadores N. de 12 metros cada uno, dos cajas de detonadores pirotécnicos x100 cada uno, y 148 pasafuego.

    En tercer lugar, se les atribuye haber SEMBRADO Y CULTIVADO ESTUPEFACIENTES al secuestrarse en el patio de la vivienda en su estado natural y a simple vista: 27 plantas de cannabis sativa de aproximadamente 2 metros de altura cada una en el sector norte y un recipiente estilo tupper con hojas secas de cannabis sativa que arrojaron un peso de 620 gramos sobre cuatro ruedas de auto en el sector suroeste.

    En cuarto lugar, se les atribuye haber TENIDO ILEGITAMENTE DOCUMENTOS NACIONALES DE IDENTIDAD AJENOS Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: A.W.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, S. Federal 3 #33417766#246384192#20191016111835842 por ser hallados en la habitación identificada como Nº 3 en la que pernoctaban M.A.E.P. y A.G.V.:

    (1) un Documento Nacional de Identidad de la República Argentina – Mercosur Nº 14.065.117 de R.E.B.; (1) un Documento Nacional de Identidad de la República Argentina – Mercosur Nº 11.213.666 de O.H.P.; (1) un Documento Nacional de Identidad de la República Argentina – Mercosur Nº 25.964.860 de P.A.S. (libreta verde).

    También se les atribuye haber tenido ilegítimamente los documentos nacionales ajenos hallados en el suelo de la habitación destinada a comedor de la vivienda allanada, en momentos de llevar adelante la Inspección Ocular del 27/12/2017:

    (1) una cédula de identidad de Mendoza de M.S.R., (1) una cedula de identidad extranjera a nombre de D.M.R. DNI RUN 24541067-0, (1) un ejemplar DNI Nº 24.970.401 de D.M.R., (1) un ejemplar DNI Nº M7.840.623 de M.S.R., (1) una cédula de Identidad Policía Federal Argentina Nº

    07840623M de M.S.R..

    Por último, y en quinto lugar, se le atribuye solamente a M.A.E.P., haber FALSIFICADO Y ADULTERADO LOS DOCUMENTOS DESTINADOS A ACREDITAR IDENTIDAD: (1) un documento nacional de identidad a nombre de C.F.E.N.° 25.290.317 y (1) una licencia nacional de conducir de CABA a nombre de F.C.E.N.° 25.290.317, hallados en su poder en la camioneta Amarok en la que se conducía, los cuales fueron falsificados en su totalidad en cuanto a sustratos, tintas y sistemas de impresión y dispositivos de seguridad, no coincidiendo con los utilizados por los diferentes organismos emisores; (1) una libreta pasaporte de la República Argentina a nombre de R.L.5.S.D.D. 28.761.716 hallada en la habitación n° 3 en ocasión del allanamiento de la vivienda, a la que se le realizó una maniobra adulterativa en su soporte auténtico, cortando su plastificado e insertando posteriormente la fotografía de E.P., (1) una tarjeta de conducir de S.d.E. a nombre de A.A.P.D.N.° 23.325.562 que Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: A.W.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, S. Federal 4 #33417766#246384192#20191016111835842 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 52275/2017/TO1 posee la totalidad de la impresión realizada en chorro de tinta a color, incluyendo la firma y banda magnética del reverso, no coincidente con las habituales en este tipo de documentos, (1) una tarjeta de registro de conducir de San Luis a nombre de L.S.D.R.D.N.° 28.761.716 con impresiones en dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR