Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 8 de Marzo de 2019, expediente CNT 060233/2015/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 60233/2015 - ESPEJO, CAROLINA c/ ROMANO, ALBERTO Y OTROS s/DESPIDO Buenos Aires, 08 de marzo de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la representación letrada del perito contador por derecho propio a fs. 458 por estimar reducidos los honorarios que le fueron regulados por las tareas de ejecución a fs. 457.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, atendiendo a la importancia, complejidad, mérito, extensión, calidad de las tareas llevadas a cabo y lo normado por los arts. 16, 41, 58 y ss. de la ley 27.423 y por el art. 38 de la L.O., los honorarios regulados a la representación letrada del perito contador a fs. 457 por los trabajos de ejecución lucen reducidos, razón por la cual corresponde que sea elevados a la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($1.500-.) a valores monetarios actuales, soportados por las co-demandadas –Telitex SRL y C. S.A.- en las mismas proporciones fijadas en el auto recurrido.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a la representación letrada del perito contador a la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($1.500-.) a valores monetarios actuales, soportados por las co-

demandadas –Telitex SRL y C. S.A.- en las mismas proporciones fijadas en el auto recurrido. 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y...

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