España frente al Holocausto

AutorIñigo Gómez-Jordana
CargoSocio presidente de Allen & Overy Abogados en España y Profesor de Derecho Mercantil de la UCM

En mayo de 1944, el cuerpo diplomático español ofreció un homenaje a su entonces ministro (de quien tengo el honor de ser nieto), el conde de Jordana, por el éxito alcanzado con la firma de los llamados Acuerdos de Mayo. El contenido de dichos acuerdos lo merecía; se daba un paso definitivo en la política de colaboración con los Aliados al retirar los envíos de wolframio a Alemania, se aseguraba el suministro de gasolina de Estados Unidos y se repatriaba a los últimos de la División Azul. Era la última batalla de la titánica lucha de Jordana por mantener a España fuera de la II Guerra Mundial.

En las palabras que él dirigió a sus colaboradores, decía el ministro: “Nuestra diplomacia ha obtenido y obtiene grandes triunfos. No desmayéis en vuestra labor porque la veáis silenciada y aún criticada. Vuestra misión de la diplomacia es de abnegación, de sacrificio, silenciosa, muy parecida a la que corresponde al Estado Mayor de las Fuerzas Armadas. Yo estoy curtido en este modo de trabajar y puedo deciros que a la larga resulta sumamente grata, porque habéis de tener en cuenta que el prestigio sólido no se adquiere con propaganda ficticia, sino con la realización de hechos que pasen a la posteridad. Y nada más hermoso que servir a la patria callada y desinteresadamente”.

Sabía muy bien Jordana que eso era así. Su labor había sido interesadamente silenciada o no reconocida en sus distintos periodos en el Gobierno y por ello, su reflexión a los diplomáticos era, también a futuro, premonitoria. Así se deduce de la exposición de motivos del proyecto de Ley de Concesión de Nacionalidad Española a los Sefardíes, de 7 de febrero de 2014, donde se dice: “El Decreto Legislativo 1924 (...) fue el marco jurídico que permitió a las legaciones diplomáticas españolas, durante la II Guerra Mundial, dar protección consular a aquellos sefardíes que habían obtenido la nacionalidad española al amparo de ese decreto. El espíritu humanitario de estos diplomáticos amplió la protección consular a los sefardíes no naturalizados y, en último término, a muchos otros judíos. Es el caso, entre otros, de Ángel Sanz Briz en Budapest, de Sebastián de Romero Radigales en Atenas, de Bernardo Rolland de Miotta en París, de Julio Palencia en Sofía, de José Rojas en Bucarest, de Javier Martínez de Bedoya en Lisboa, o de Eduardo Propper de Callejón en Burdeos. Miles de judíos escaparon así del Holocausto y pudieron salvar sus vidas”.

“El espíritu humanitario” de esos...

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