Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 6 de Junio de 2017, expediente FLP 026435/2016/CA002

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, seis de junio de 2017.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente N° 26435/2016 caratulado “Escudier, R.

del Corazón de Jesús c/ Dirección Nacional de Registros Nacionales del automotor y

créditos prendarios s/ Impugnación de acto administrativo”, proveniente del Juzgado

Federal de Primera Instancia n° 2 esta ciudad.

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. El decisorio de fs. 75/80 resolvió, en síntesis, no hacer lugar a la medida cautelar

    requerida por el Sr. R. del Corazón de J. E. contra el Estado Nacional

    Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

    Para así resolver, el a quo entendió que no se hallaban satisfechos los requisitos

    exigidos por la Ley 26.854, por lo que no correspondía acoger la medida cautelar solicitada.

    Tal resolución ha sido objeto del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a

    fs. 81/86 con simultánea expresión de agravios, recurso que ha sido concedido por el a quo a

    fs. 87. Por su parte, la demandada contestó traslado a fs. 93/98.

    Los argumentos expresados por el Sr. E. se refieren, en síntesis, a sostener que

    la verosimilitud en el derecho se halla manifiesta en autos ya que el pedido de nulidad del

    sumario y la consecuente revocación del cargo, nunca le fueron notificados. Asimismo,

    manifiesta que el peligro en la demora se encuentra acreditado ya que de existir un concurso

    para ocupar el puesto del que fue removido y el nombramiento del encargado del Registro, el

    derecho a ser restituido en las funciones se tornaría abstracto.

  2. Ahora bien, corresponde indicar que a fs. 11/20 el Sr. R. del Corazón de

    J. interpuso demanda sumarísima para que se declare la nulidad absoluta del

    procedimiento sumarial instruido en el expediente S04:0074376/2011 y la Resolución M.J y

    D.H N° 2684/2013, dictada con fecha 30/12/2013 y en consecuencia, se lo restituya en el

    cargo de Encargado Titular del Registro Seccional de la Propiedad Automotor N°5 de La

    Plata.

    En el escrito de inicio, el actor manifestó que en el año 2010 recibió una Visita de

    Control en el marco anual de visitas, realizada por representantes del Departamento de

    Fecha de firma: 06/06/2017 Alta en sistema: 09/06/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., juez de camara #28552057#180579346#20170607091102434 Inspecciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad

    Automotor y Créditos Prendarios. En esa ocasión, se hicieron observaciones que derivaron

    en una disposición en donde se ordenaba la intervención y el cese de sus funciones del

    Registro Seccional del Propiedad Automotor de La Plata N°5 y del Registro Seccional de la

    Propiedad Automotor con competencia exclusiva...

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