Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 27 de Abril de 2022, expediente CIV 011726/2020/CA001 - CA002
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
11726/2020
ERLICH, CAROLINA c/ QUIMICA LEZ S.R.L Y OTROS
s/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
Buenos Aires, de abril de 2022.- MC
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
I)Contra el pronunciamiento dictado el 25.03.2022, que entre otras cosas y en lo que aquí importa, decidió admitir la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el demandado Z. y desestimó tener por extinguida la presente acción de desalojo como también su archivo, se alza la parte actora,
quien funda su recurso de apelación con el memorial del 29.03.2022, que resultó contestado por el codemandado Z. el 06.04.2022.
Asimismo, la codemandada “Química Lez SRL”, se alza el 29.03.2022, fundando con el memorial del 29.03.2022, cuyo traslado fue contestado por la parte actora el 30.03.2022.
II) La parte actora se agravia de la admisión de la defensa de falta de legitimación opuesta por su contraria Z., por considerar que es quien ocupa su inmueble, además de haber convenido con aquel en forma verbal un contrato de locación. Asevera que la empresa codemandada no ocupa el inmueble, pues no se ha acompañado documentación que lo acredite ni se encuentra habilitada municipalmente a tal efecto.
Por su parte, el codemandado Z., en oportunidad de contestar el traslado de ley,
Fecha de firma: 27/04/2022
Alta en sistema: 28/04/2022
Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
alega que su contraria no ha refutado en modo alguno los fundamentos de la resolución apelada,
a tenor de lo cual, corresponde declarar la deserción del recurso impetrado por la parte actora.
A su turno, la codemandada “Química Lez SRL”, se agravia de la decisión de continuar el proceso que dispusiere la magistrada de grado,
que desestimó el archivo de las actuaciones con fundamento en que la actora mantuvo la demanda respecto a subinquilinos y ocupantes, dado que la apelante habría invocado justamente resultar ocupante del inmueble.
Los agravios sobre dicho pronunciamiento, lo funda en que no se haya considerado que la parte actora desistió de la presente acción a su respecto. Sostiene que dicho temperamento vulneró el principio dispositivo y de preclusión que importa tal desistimiento, que tiene efecto de cosa juzgada formal. Además, alega que no fue demandada en calidad de ocupante.
Por su lado, la actora, al...
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