Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 24 de Mayo de 2017, expediente CSS 000041/2016/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 41/2016 AUTOS: “ENRIQUEZ, P.G. c/ QBE ART. S.A. s/LEY 24557”

Buenos Aires, EL DR. J.C.P.L. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta instancia con motivo del recurso de apelación deducido por la actora contra el dictamen de la Comisión Médica Central, que ratifica el dictamen de la C.M.J. que resuelve que el trabajador presenta 6,00% de incapacidad laboral y que la contingencia se corresponde con un accidente de trabajo (POLITRAUMATISMO. O. izquierda).

En el caso, el escrito recursivo se limita a manifestaciones genéricas que no cuestionan con argumentos médicos suficientes las consideraciones a que arribara la Comisión Médica Central para sostener sus conclusiones, motivo por el cual el recurso aludido deviene infundado; máxime que no se acompañan constancias o elementos de juicio que justifiquen un nuevo análisis de la cuestión.

Por otra parte, respecto de la solicitud de una pericia médica cabe USO OFICIAL destacar que la intervención del Cuerpo Médico Forense en causas como la de autos es de carácter excepcional, circunstancia que no se halla acreditada (Acordada n°47/09, art.2°).

Por lo expuesto, propicio rechazar el recurso deducido y confirmar lo actuado por la Comisión Médica Central en cuanto fue materia de agravios. Costas por su orden (art.

68, segundo párrafo, del C.P.C.C.N.).

LOS DRES. N.A.F.Y.M.L. DIJERON:

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