Enriquecimiento sin causa

AutorAldo Marcelo Azar
Páginas37-60
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
Por Aldo Marcelo Azar
Sumario: I. Concepto. II. Antecedentes históricos. III. De-
recho comparado. IV. Naturaleza jurídica y fundamento
V. El principio del enriquecimiento sin causa en el Código
Civil.VI. La acción in rem verso: 1. Requisitos: a. Enrique-
cimiento del demandado, b. Empobrecimiento del accio-
nante, c. Correlación entre el empobrecimiento y el enri-
quecimiento, d. Ausencia de causa, e. Subsidiariedad; 2.
Efectos de la acción in rem verso.
I. CONCEPTO
La transferencia de un bien o de una prestación susceptible de apre-
ciación pecuniaria de un patrimonio a otro, constituye el contenido
fundamental de todo el derecho patrimonial, y en especial, el de las
obligaciones. Consecuencia de ello es el enriquecimiento experimenta-
do por el titular de aquel patrimonio en el que va a atribuirse el servi-
cio o el bien, siendo precisamente la función jurídica de los vínculos
obligatorios la legitimación de esos incrementos a costa de quien los va
a proveer. En estas situaciones jurídicas, la ventaja patrimonial obte-
nida por un sujeto a expensas de otro está justificada por el vínculo
válido, justo y eficaz que le sirve de fundamento.
“Todo desplazamiento patrimonial, todo enriquecimiento y, en ge-
neral, toda atribución para ser lícitos, deben fundarse en aquellas cau-
sas o razones de ser que el ordenamiento jurídico considere como jus-
tas. Cuando una atribución patrimonial no está fundada en una justa
causa, el beneficiario de la atribución debe restituir al atribuyente el valor
del enriquecimiento y, correlativamente, surge una acción o una preten-
sión, a favor de este último, para obtener o reclamar dicha restitución”1.
1 DÍEZ PICAZO, Luis, Fundamentos de derecho civil patrimonial, t. I, 4ª ed.,
Tecnos, Madrid, 1993, ps. 89 y 90.
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En esos supuestos, el empobrecimiento sufrido por una persona,
debido al enriquecimiento de otra sin un justo título legal, convencio-
nal, consuetudinario o, incluso, moral, configura una fuente autóno-
ma de obligaciones, por cuanto esa situación jurídica hace nacer un
vínculo entre el enriquecido y el empobrecido, por el cual el primero
debe restituir al segundo un valor pecuniario equivalente al bien o
servicio indebidamente adquirido. Estamos en esa hipótesis ante el
enriquecimiento sin causa que da origen a la actio in rem verso.
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
El origen de la figura actio in rem verso se encuentra en el dere-
cho romano de fines de la República, donde se esbozó como principio
ético-jurídico. Una de las razones que motivaron su nacimiento fue la
necesidad de mitigar el rigor formalista de un derecho que admitía la
creación de obligaciones a partir de contratos abstractos, aun en au-
sencia de una causa; “hacía falta entonces obligar a aquellos que se
habían enriquecido en virtud de un acto sin causa, a restituir su enri-
quecimiento”2.
El primer antecedente es una máxima de Pomponio en el Digesto,
cuyo texto rezaba: “es justo según el derecho natural que nadie se
enriquezca en detrimento de otro y con injuria”, la que serviría de
fundamento a la aplicación práctica de las condictio. Estas últimas con-
sistían en una serie de acciones heterogéneas cuyo objeto era la resti-
tución de un bien, cosa o dinero, retenido o percibido sin derecho.
Posteriormente se receptaron otros remedios tendientes a corre-
gir el enriquecimiento sin causa, entre ellas la actio in rem verso o
“acción sobre el provecho obtenido”, la que daría nombre a la figura.
Se concedía a aquel que había contratado con un incapaz bajo la po-
testad del pater familiae, a los fines de obtener de este último la res-
titución del provecho o beneficio que el negocio, por sí mismo ineficaz
para engendrar obligaciones, le hubiera reportado3.
En la Edad Media, bajo la influencia moralizante del derecho ca-
nónico, los glosadores, en especial ACCURSIO, generalizaron el ámbito
2 MAZEAUD, Henri - MAZEAUD, Léon - MAZEAUD, Jean - CHABAS, François, Leçons
de droit civil. Obligations. Theorie générale, vol. II-1, 7ª ed., Mont chréstien,
París, 1991, p. 833.
3 DÍEZ P ICAZO, Luis, Fundamentos de derecho civil patrimonial, t. I, p. 92.

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