Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Febrero de 2015, expediente CAF 030015/2013/CA001

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. Nº 30015/2013, “ENRE-RESOL 278/12 Y OTRA c/ EDESUR SA s/CONTRATO ADMINISTRATIVO”

Buenos Aires, de febrero de 2015.

VISTO y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, la entonces jueza de grado interviniente, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Fisco a fs. 41, rechazó la oposición del Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) a que deba acreditar el pago de la tasa de justicia correspondiente al monto del reclamo, bajo apercibimiento de ley, realizado a fs. 31 (confr. fs.

    42).

  2. ) Que, contra esa decisión, el ENRE interpuso y fundó

    recurso de apelación (fs. 220/222 vta.). Sostuvo, en sustancia, que:

    1. El proceso principal tenía como objeto que se ordenara a la demandada cumplir con lo dispuesto en las resoluciones dictadas en una serie de expedientes administrativos en los cuales se le había aplicado multas cuyos montos debían ser bonificados a los usuarios bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones progresivas previstas en los arts. 666 bis del Código Civil y 37 del código ritual.

    2. La misión del ENRE era controlar a las empresas concesionarias del servicio público de distribución de electricidad en el cumplimiento de los niveles de calidad del servicio comprometido en los contratos de concesión. Los apartamientos de esos niveles eran penalizados con multas que no ingresaban al patrimonio del ente ni al Tesoro Nacional sino que debían acreditarse a favor de los usuarios perjudicados en forma de bonificaciones en las respectivas facturas de consumo, de modo tal que aun cuando se hiciera lugar a la demanda, si la demandada persiste en su incumplimiento, no podrá su parte ejecutar las multas sino que debería hacerlo, individualmente, cada uno de los afectados. En autos, el ENRE pretendía exigir judicialmente la ejecución de actos administrativos en los términos del art. 12 de la ley 19.549.

    3. La oposición realizada tenía apoyo en lo resuelto por la Sala IV de la Cámara en el expediente 46.524/06, el 27 de marzo de 2007.

  3. ) Que la jueza de grado concedió en relación y con efecto devolutivo el recurso de apelación deducido, ordenando se corriese Fecha de firma: 03/02/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. Nº 30015/2013, “ENRE-RESOL 278/12 Y OTRA c/ EDESUR SA s/CONTRATO...

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