Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 21 de Junio de 2017, expediente CAF 036706/2015/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 36706/2015 ENRE c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, de junio de 2017.- SGO VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la resolución de fs. 98/99 vta., la Sra. Juez de primera instancia rechazó la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la parte demandada, con costas.

    Para así decidir y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, citó a esta Cámara al señalar que “de acuerdo a las facultades conferidas por la ley 24065 y en virtud de la ejecutoriedad de la que gozan los actos que impusieron las sanciones (art. 12 de la ley 19549), no corresponde negarle legitimación a la actora para requerir judicialmente el cumplimiento de las resoluciones cuestionadas, toda vez que aquéllas fueron dictadas en el marco de la relación jurídica indicada ut supra, de la que el ente es titular en su condición de autoridad de aplicación y contralor (ver Sala I, “ENRE resol 132/03 -Inc.Med.- c/Edenor SA s/contrato administrativo”, causa Nº 11814/05, del 29/09/2005; “ENRE c/Edesur SA s/proceso de conocimiento”, causa Nº

    1192/2014, del 18/08/15; “ENRE c/Edesur SA s/proceso de conocimiento”, causa Nº 39440/2013, del 03/09/15, entre otras; S.I., “ENRE Resol 46/08 y otras c/Edenor SA s/contrato administrativo”, causa Nº24939/11 del 4/10/12, “ENRE Resol 618/07 y otras c/Edenor SA s/contrato administrativo” causa Nº 29233/2011, del 11/10/12; S.I., “ENRE c/Edesur SA s/contrato administrativo”

    causa Nº 34429/2014, del 23/06/2016; S.I., “ENRE c/EDESUR SA s/contrato administrativo, causa Nº 16077/2015, del 26/4/16; Sala Fecha de firma: 21/06/2017 Alta en sistema: 23/06/2017 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #27270232#179305162#20170619132105861 V “ENRE-Resol 88/07 c/Edesur SA s/Contrato administrativo” causa Nº 37538/2010, del 8/11/12 y “ENRE c/EDESUR SA s/contrato administrativo” causa Nº 39903/2015, del 5/8/2016)

  2. Que contra dicho pronunciamiento, la parte demandada interpuso recurso de apelación a fs. 100 y expresó sus agravios a fs. 121/126, los cuales fueron replicados por la contraria a fs. 121/126.

    La recurrente se agravia por considerar que asegurar el cumplimiento de los fines dispuestos por la ley 24065 no incluye iniciar procesos tendientes a que Edesur ingrese en la cuenta de determinados usuarios bonificaciones oportunamente dispuestas por el organismo actor (v. fs. 103).

    Sostiene que no existe en la ley 24065 ni en su decreto...

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