Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 9 de Febrero de 2017, expediente CAF 056644/2015/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 56.644/2015: “ENRE c/ EDESUR SA s/ CONTRATO ADMINISTRATIVO”

Buenos Aires, 9 de febrero de 2017.- SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por pronunciamiento del 19 de septiembre de 2016, la Sra. Juez de primera instancia decidió desestimar las defensas de falta de legitimación activa y falta de agotamiento de la vía administrativa opuestas por la demandada, con costas.

Para así decidir, señaló que el ENRE se encontraba legitimado para reclamar en sede judicial el cumplimiento de las resoluciones dictadas en ejercicio de sus funciones, solicitando se hagan efectivas las multas impuestas mediante la acreditación de sus montos en las facturas de los usuarios perjudicados. Ello así, teniendo en cuenta la finalidad del régimen regulador del servicio público en cuestión y las funciones y prerrogativas atribuidas.

Por otra parte, remitió a lo dictaminado por la representante del Ministerio Público Fiscal en lo atinente a la falta de agotamiento de la vía administrativa por pendencia de resolución del recurso de alzada (v. fs. 100/101).

II- Que, contra la resolución de primera instancia, interpuso recurso de apelación la parte demandada a fs. 103, que ha sido concedido a fs. 104.

La recurrente aduce que entre las competencias que la ley 24.065 le asigna al ENRE no se incluye la potestad de iniciar procesos tendientes a que su parte ingrese en la cuenta de determinados usuarios bonificaciones oportunamente dispuestas por aquél. Asimismo, destaca que, por aplicación del principio de especialidad, el ámbito de actuación del ente se encuentra acotado por la norma y no puede ser extendido por la mera voluntad del agente público. Señala que no existe en la ley 24.065, ni en su decreto reglamentario, disposición alguna que habilite al ENRE a exigir en Fecha de firma: 09/02/2017 Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #27581809#171129817#20170209130109437 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 56.644/2015: “ENRE c/ EDESUR SA s/ CONTRATO ADMINISTRATIVO”

sede judicial el cumplimiento de las resoluciones que establecen penalidades en favor de los usuarios. Sostiene que los beneficiarios son los únicos habilitados para exigir el cobro de esas multas.

Afirma que en la ampliación de la legitimación establecida por la reforma de la Constitución Nacional de 1994, no se incluyó a los organismos del Estado para instar el ejercicio jurisdiccional para la defensa...

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