ENERGIA ARGENTINA SA s/RECURSO QUEJA (OEX)

Número de expedienteCCF 007508/2017/RH001
Fecha23 Noviembre 2017
Número de registro193899742

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 7.508/2017/RH1 “Energía Argentina S.A. s/ recurso de queja (OEX)”.

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

El recurso de queja deducido por Energía Argentina S.A.

(“Enarsa”) a fs. 55/61 con motivo de la denegatoria de la apelación que obra a fs. 12 y vta. y; CONSIDERANDO:

  1. Enarsa dedujo recurso de queja (fs. 55/59) por la denegación del recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires que reguló

    honorarios en un incidente (fs. 2/3 y fs. 8/11 vta.).

    Los fundamentos de la denegatoria se reducen a dos: 1°) la limitación recursiva establecida en el Capítulo VI, artículo 63 del Reglamento Orgánico del Tribunal Arbitral (cuyo texto puede ser consultado en http://www.bcba.sba.com.ar/sitio/descargas/R%C3%A9gimen-Arbitral.pdf), en tanto establece que “… sólo resultan procedentes los recursos interpuestos contra las resoluciones que ponen fin al proceso (laudo)…” (fs.

    12, considerando III); y 2°) la inapelabilidad de la decisión final establecida en la “cláusula compromisoria n° 20° del contrato objeto de autos” (ver fs.

    12 vta., segundo párrafo).

    La empresa, en el escrito de recurso de queja, cuestiona el pronunciamiento alegando que al establecer el artículo 63 que el laudo será

    susceptible de los recursos admisibles contra las sentencias de los jueces, es de aplicación el segundo párrafo del art. 244 del Código Procesal que expresamente sostiene la apelabilidad de las regulaciones de honorarios.

    ...

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