Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 2 de Febrero de 2017, expediente CAF 028345/2013/CA002 - CA003 - ...

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO FEDERAL, SALA I.

Causa CAF nº 28.345/2013, “Empresa Trans. E.E.. D.. T.. P.. Bs. As. c/ En –

AFIP – DG I- ley 25.063 s/ proceso de conocimiento”. Juzgado nº 10.

En Buenos Aires, a los 2 días del mes de febrero de 2017, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver en autos “Empresa Trans. E.E.. D.. T.. P.. Bs. As. c/

En – AFIP – DG I- ley 25.063 s/ proceso de conocimiento”; El señor juez R.E.F. dijo:

  1. La firma actora promovió acción declarativa de certeza contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con el objeto de que se “arroje certeza acerca de la aplicación […] del impuesto a la ganancia mínima presunta [en adelante IGMP] correspondiente al período fiscal 2011 y, en su caso, se declare la inconstitucionalidad del Título V (art. 6) de la Ley 25.063 en el sentido resuelto por [la] Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘Hermitage’ de fecha 15 de junio de 2010 (Fallos: 333:933)” (fs. 1/114).

  2. La AFIP contestó la demanda y, con carácter preliminar, expresó que se encontraba en trámite la fiscalización de la firma actora respecto del impuesto a las ganancias (IG) y del IGMP correspondientes al período fiscal 2011 y que el resultado de ese procedimiento podría “incidir en la acción de autos, en tanto la verificación comprende el quantum declarado en el [IG] y la exigibilidad o no del [IGMP]”.

    Seguidamente, expresó, en cuanto aquí resulta decisivo: “NIEGO que la actora registre pérdidas que obstaran a descontar el tributo e incrementaran su situación contable e impositiva y que ésta sea asimilable a la de la contribuyente ‘Hermitage’”; también negó que “que el criterio sentado mediante las instrucciones […] adopte la misma postura de la Corte en el precedente “Hermitage” y que resulten aplicables al caso” (fs. 263/272).

    Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #10841283#170791751#20170203121002061

  3. Durante la etapa probatoria (fs. 277), el Fisco Nacional ratificó la prueba ofrecida y expresó que la firma actora no registraba “‘ausencia de capacidad contributiva’ en el [IGMP], ya que resulta titular de bienes afectados a la actividad, es decir, de los activos que como exteriorización de la riqueza el tributo grava, y sobre los que sin admitir prueba en contrario, se establece que son capaces de generar una ‘renta mínima presunta’” y agregó que “la única forma de demostrar la irrazonabilidad de la presunción establecida […] resulta ser acreditar que los quebrantos impedirán descontar el pago del IGMP […] y además, incrementan el deterioro contable e impositivo (en concordancia con lo que aconteció en el precedente ‘Hermitage’ y ‘Diario Perfil’)”. Propuso, además, a su consultor técnico (fs. 280/281).

    En esa misma etapa procesal, la AFIP solicitó la suspensión de los “plazos procesales en curso” a raíz de que el procedimiento de fiscalización invocado al contestar la demanda se encontraba en “etapa de finalización y descargo” (fs. 305). La jueza, pese a la oposición de la firma actora (fs. 313), acogió la pretensión por un término de veinte días (fs. 316).

    Poco tiempo después la AFIP solicitó la prórroga de la...

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