Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 9 de Febrero de 2017, expediente CAF 000003/2011/CA002 - CA003

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 3/2011 EMPRESA PESQUERA PATAGONIA Y ANTARTIDA SA (TF 25656-A)

c/ DGA s/ADUANA TRIBUNAL FISCAL Buenos Aires, 9 de febrero de 2017.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 210/vta., el Tribunal Fiscal de la Nación rechazó

    el incidente de revisión incoado el 03/10/14 por la parte actora.

    Para resolver como lo hizo, sostuvo que la cuestión tenía origen en la sentencia definitiva recaída en esta causa, que admitió la repetición de importes ilegítimamente abonados por el Fisco en concepto de estímulos a la exportación y pasó en autoridad de cosa juzgada material, una vez que fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Mencionó que, una vez devueltas las actuaciones a la aduana de Ushuaia, ésta efectuó una reliquidación de las sumas adeudadas que la actora estimó

    excesiva, lo que motivó su pedido para que el Tribunal Fiscal reasumiese su competencia y la examine, a la vez que dedujo una impugnación en sede aduanera.

    Refirió también que, el 21/10/14, la recurrente había tenido que solicitar una medida cautelar a efectos de suspender la ejecución de los importes inadecuadamente liquidados; petición que dio origen a la causa TF 35212-A y que, finalmente, se desistió el 16/12/14.

    Reconoció que el escrito del 03/10/14, mediante el cual la actora solicitaba la revisión de la liquidación practicada, no fue agregado en forma oportuna a la causa, lo que impidió que fuera conocido y resuelto por esta Cámara.

    Admitió que la procedencia del nuevo cargo hubiera debido analizarse en su sede, como incidente liquidatorio de la causa de origen 25.656-A.

    Sin embargo, advirtió que existía una particularidad que afectaba la procedencia y viabilidad del planteo de revisión, consistente en que la actora había desistido de la medida cautelar en trámite (causa TF 35212-A) y abonado el monto reclamado en la ejecución; circunstancia que impedía una nueva avocación de esa instancia jurisdiccional.

  2. ) Que, contra dicha resolución, a fs. 213 interpuso apelación la parte actora (concedida a fs. 216) y a fs. 218/226vta expresó agravios; que fueron replicados a fs. 230/233.

    Plantea que, una vez firme la sentencia dictada en autos, la aduana de Ushuaia reliquidó en forma ilegítima el cargo original de U$S 179.111,88, cuestión que motivó el pedido de intervención del Tribunal Fiscal de la Nación.

    Aclara que, en forma paralela, impugnó ante la aduana el nuevo cargo, formulado por $4.648.638,33 en concepto de capital e intereses. Al hacerlo Fecha de firma: 09/02/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1 #11240029#170262951#20170208093332596 opuso la prescripción, y sostuvo que el capital reclamado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR