Empresa y Establecimiento
Autor | Alberto Chartzman Birenbaum |
El doctor Marcos Satanowsky
En cuanto a la distinción entre empresario y artesano dice el mismo autor: "Se diferencian por la organización y por el factor preponderante de la labor personal del segundo"(pág.193).
Por su parte Picchio
"La empresa es generalmente llamada, como recuerda Ripert, la unidad ecónómica de producción, pero sin confundirla con la explotación, que tiene significado técnico restringido, ya que paralelamente al ciclo de la explotación existen otras actividades que han dado en llamarse acíclicas y que corresponden a las demás que pueda desarrollar la empresa (actividades similares o complementarias, etc.)".
La Enciclopedia Jurídica OMEBA
"Lo que caracteriza a la empresa no es necesariamente su importancia económica, pues puede reducirse a un propietario individual con pocos recursos, sino su propósito lucrativo y el riesgo que supone toda actividad especulativa".
La misma enciclopedia define al empresario como "El que organiza por su cuenta, dirige y toma a su cargo una empresa u obra".
Surge de todo lo expuesto que la definición del vocablo "empresa" debe quedar claramente separada de la de "sociedad", por cuanto cada uno de ellos abarca un ámbito distinto, si bien es posible la confusión a causa de que la gran mayoría de las empresas comerciales adoptan formas societarias, debiéndose diferenciar entre la empresa en sí misma y la persona que detenta su propiedad, sin perjuicio de la íntima conexión que los une.
La noción de empresa surge en el campo de la economía política, para designar determinadas organizaciones de los factores de producción. La naturaleza social del hombre le llevó desde muy pronto a descubrir las ventajas que significa el coordinar la acción de varios individuos y la utilización de instrumentos apropiados, conforme a un plan, para facilitar la consecución de sus propósitos. En el terreno económico, esta observación se tradujo en la tendencia a organizar los elementos productivos (hombres, utensillos, naturaleza) para aumentar la potencialidad de creación de bienes o prolongar su duración.
El advenimiento del capitalismo como señalan: Rodríguez y otros
La noción de empresa adquiere alguna mayor precisión, especialmente en campo de la economía política; y la fuerza de los hechos hace que los códigos y las leyes tengan que ocuparse de ella, formándose al lado de esa noción económica una noción jurídica de la empresa, pero sin que la una ni la otra hayan logrado unanimidad de adhesiones en sus respectivos campos de acción.
La empresa es la organización de los factores de la producción de bienes o de servicios destinados a ser vendidos con la esperanza de la obtención de una ganancia ilimitada con riesgo (elemento indispensable). La finalidad de la empresa es obtener ganancias, que no tienen limitaciones pero tiene como contrapartida el riesgo de la pérdida, Sin riesgo no hay empresa.
De acuerdo con esta definición, es posible indicar las siguientes características:
a) La empresa es una organización, es decir, un ente complejo.
b) Apta para producir no sólo bienes materiales sino también inmateriales (servicios)
c) Dichos bienes están destinados al cambio, es decir, al mercado general.
d) Tal actividad se realiza con propósitos de obtener beneficios.
Es algo abstracto consistente en la actividad de organización. Relacionado con ella se encuentra el concepto de hacienda: que es el conjunto de bienes organizados para la explotación de la empresa. Este concepto está constituído por cosas:
a)Corporales (dinero, mercaderías, local o establecimiento, instalaciones)
b)Derechos ( nombre comercial, enseña, marcas de fábricas, patentes de invención)
c)Créditos y deudas
d)Relaciones jurídicas con el personal y la clientela
e)La aptitud para producir utilidades (llave de fondo de comercio).
El Código de Comercio se ocupa no tanto de regular el fenómeno económico de la empresa como de disciplinar la actividad del sujeto empresario y la entidad jurídica hacienda que va anexa a aquella actividad. Toda esa actividad compleja de organización ( y por consiguiente todos los actos concretos que con ella se vinculan) es considerada acto de comercio (art. 8 inc. 5). Según tal concepción, la noción jurídica de empresa es, bajo un aspecto, más amplio, y bajo otro, más restringida que la noción económica. Más amplia, en cuanto a la noción jurídica incluye los actos de empresa aislados que no crean ningún organismo productivo, y más estrecha, en cuanto no abarca ciertos organismos productivos que no realizan actividades de intermediación con fines especulativos.
Por su parte Mark
Por otra parte, señala el autor precitado, el concepto sirve para dilucidar, en algunos supuestos, la existencia o no de subordinación, ya que si quien invoca la existencia de una...
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