Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Junio de 2015, expediente CAF 050692/2003

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 50692/2003 “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SA (EDELAP SA)

C/ EN-SECRETARIA DE ENERGIA RS 542/03 (EXPTE 92288/00 ENRE) Y OTRO”

Buenos Aires, de junio de 2015.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la última actuación impulsoria del proceso se produjo a fojas 216 (el 12 de julio de 2013), en la que se agregó y se tuvo por acreditado el diligenciamiento del oficio dirigido a la Municipalidad de Berisso, el cual hasta la fecha no ha sido contestado.

  2. Que hasta la fecha la actora no produjo ningún acto impulsorio, resultando aplicable el plazo de caducidad de instancia dispuesto en el artículo Nº 310, inciso 1° del CPCCN.

    En tal sentido, es dable señalar que la inactividad procesal que configura el presupuesto de caducidad, se exterioriza en la no ejecución de acto alguno que tenga efecto impulsorio por ambas partes o por el órgano jurisdiccional a computarse desde la fecha de la última petición de las partes o resolución o actuación del Juez, del Tribunal o actos provenientes de los auxiliares de unos y otros (v. Palacio, L. E. Manual de Derecho Procesal Civil, Tomo II, Buenos Aires Abeledo –

    P., 1986, pág. 56).

  3. Que en efecto, EDELAP SA tenía la carga de impulsar el proceso y ello lo debió haber realizado dentro de los seis meses de suscripto el auto de fecha 12 de julio de 2013, no obstante lo cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR