Emergencias y desastres agropecuarios

El cambio climático, capaz de provocar graves perjuicios, es un desafío que debemos asumir. Por ello, la ley 26.509 que regula las emergencias y los resulta un instrumento positivo en la medida en que se aplique con eficacia y con los recursos indispensables, cosa que en los hechos no siempre sucede.de gran intensidad y cada vez más frecuentes ha dejado su marca en cultivos y ganados: alternancia de sequías con elevados registros pluviométricos incapaces de fluir pausadamente. En este contexto, tuvo lugar una reunión de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, cuya función es evaluar situaciones de emergencia y eventuales desastres, y recomendar la aplicación de medidas contenidas en la citada ley y otras que de acuerdo con la situación resultaren convenientes para los productores agrarios y para el sector público, que debe asumir sus costos.Ante la situación reinante, el gobierno nacional convocó a esa comisión, integrada por organismos nacionales encabezados por el Ministerio de Agricultura; a representantes provinciales de los territorios afectados, y a las entidades rurales.El funcionamiento del sistema de la ley convoca a los gobiernos provinciales que requieran la asistencia del gobierno federal para evaluar los daños a la producción: si alcanzan el 80 por ciento, son considerados desastres y dan lugar a los mayores beneficios; con daños del 50% califican como emergencias. Así las representaciones provinciales concurren con un decreto que describe los perjuicios de cada cultivo en tal o cual distrito y proporción, y según la duración del ciclo productivo.La aplicación actual de la ley involucra a cuatro provincias: La Pampa, que declaró en emergencia...

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