Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 5 de Septiembre de 2019, expediente CIV 010304/2019

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 10304/2019 E.S. PROPIEDADES c/ CONS DE P.A.L.M. CAMPOS 312/314 s/RENDICION DE CUENTAS Buenos Aires, de septiembre de 2019.MIS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estas actuaciones a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo de la cuestión de turno planteada entre los Juzgados Civiles n° 107 y 13.

La actora promueve demanda por rendición de cuentas y consignación de documental contra el Consorcio de Propietarios de la Av. L.M.C. 312/314. A tal fin, relata que no obstante haber sido designada para administrar el referido Consorcio por el período comprendido entre el 14/11/16 y 11/4/18 fue removida del cargo mediante autoconvocatoria celebrada el 25/7/17, negándose luego la demandada a recibir la pertinente rendición de cuentas y toda la documental que había solicitado.

El Sr. Juez titular del Juzgado Civil n° 107 ordenó remitir los autos al Juzgado Civil n° 13, en orden a haber sido asignado según surge del acta de mediación agregada a fs. 706.

Tal temperamento no fue aceptado por la Sra.

Magistrada a cargo del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs. 711.

Del estudio de las constancias obrantes en autos se advierte que este expediente fue sorteado conforme la regla general de asignación de causas el 26 de febrero de 2019, habiendo resultado desinsaculado el Juzgado Civil n° 107. A fin de dar cumplimiento con lo ordenado a fs. 699 y 701 –acreditar el trámite de mediación previa obligatoria con relación al objeto pretendido- el actor adjuntó a fs. 706 el acta de la mediación celebrada con posterioridad, de la cual surge asignado el Juzgado Civil n° 13.

Fecha de firma: 05/09/2019 Alta en sistema: 06/09/2019 Firmado por: B.V.O.A.M.P.P...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR